Disposiciones generales. . (2023/102-3)
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de la salud, para el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9504/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención
Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convocan subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de atención integral a
colectivos vulnerables en el ámbito de la salud, para el año 2023.
Mediante Orden de 3 de julio de 2020, de la Consejería de Salud y Familias, se aprobaron
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de
la salud (BOJA núm. 131, de 9 de julio).
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la citada
Orden de 3 de julio de 2020, en relación con el Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo (BOJA
núm. 28, de 11 de agosto),
RESU ELVO
Primero. Objeto y período de ejecución.
1. Convocar subvenciones para la financiación de proyectos de atención integral a
colectivos vulnerables en el ámbito de la salud, por el procedimiento de concurrencia
competitiva, de conformidad con lo establecido en la Orden de 3 de julio de 2020.
2. Los proyectos presentados para esta convocatoria deberán tener un periodo de
ejecución comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Tercero. Conceptos subvencionables.
Los conceptos subvencionables de la presente convocatoria, al amparo de la Orden
de 3 de julio de 2020, serán los establecidos en el apartado 2.a) de los Cuadros Resumen
correspondientes a cada una de las siguientes líneas de subvenciones antes citadas:
Línea 1: Subvenciones dirigidas a proyectos de atención integral a personas con
patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las
cuidan y a sus familias, con el propósito de mejorar el manejo de su enfermedad, aumentar
la capacidad de afrontarla, promover el autocuidado y su autonomía, enlenteciendo la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284530
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante
Orden de 3 de julio de 2020, que están integradas por el texto articulado aprobado por la
Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y
los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (en adelante Bases Reguladoras
Tipo) y por los Cuadros Resumen correspondientes a cada una de las siguientes líneas
de subvenciones:
Línea 1: Subvenciones dirigidas a proyectos de atención integral a personas con
patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las
cuidan y a sus familias.
Línea 2: Subvenciones dirigidas a proyectos integrales para la promoción de la salud,
detección precoz, mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud de
personas especialmente vulnerables y que pertenezcan a grupos con determinadas
enfermedades transmisibles.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9504/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención
Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convocan subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de atención integral a
colectivos vulnerables en el ámbito de la salud, para el año 2023.
Mediante Orden de 3 de julio de 2020, de la Consejería de Salud y Familias, se aprobaron
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de
la salud (BOJA núm. 131, de 9 de julio).
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la citada
Orden de 3 de julio de 2020, en relación con el Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo (BOJA
núm. 28, de 11 de agosto),
RESU ELVO
Primero. Objeto y período de ejecución.
1. Convocar subvenciones para la financiación de proyectos de atención integral a
colectivos vulnerables en el ámbito de la salud, por el procedimiento de concurrencia
competitiva, de conformidad con lo establecido en la Orden de 3 de julio de 2020.
2. Los proyectos presentados para esta convocatoria deberán tener un periodo de
ejecución comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Tercero. Conceptos subvencionables.
Los conceptos subvencionables de la presente convocatoria, al amparo de la Orden
de 3 de julio de 2020, serán los establecidos en el apartado 2.a) de los Cuadros Resumen
correspondientes a cada una de las siguientes líneas de subvenciones antes citadas:
Línea 1: Subvenciones dirigidas a proyectos de atención integral a personas con
patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las
cuidan y a sus familias, con el propósito de mejorar el manejo de su enfermedad, aumentar
la capacidad de afrontarla, promover el autocuidado y su autonomía, enlenteciendo la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284530
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante
Orden de 3 de julio de 2020, que están integradas por el texto articulado aprobado por la
Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y
los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (en adelante Bases Reguladoras
Tipo) y por los Cuadros Resumen correspondientes a cada una de las siguientes líneas
de subvenciones:
Línea 1: Subvenciones dirigidas a proyectos de atención integral a personas con
patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las
cuidan y a sus familias.
Línea 2: Subvenciones dirigidas a proyectos integrales para la promoción de la salud,
detección precoz, mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud de
personas especialmente vulnerables y que pertenezcan a grupos con determinadas
enfermedades transmisibles.