3. Otras disposiciones. . (2023/102-40)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica convenio específico de colaboración.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9489/8
de adscripción ideológica o política determinada, persiguiendo exclusivamente poner sus
contenidos científicos, de modo objetivo e imparcial, al servicio de los intereses generales
de Andalucía. La Revista se asienta sobre dichos principios y su esencial caracterización
de revista científica, universitaria, libre y pluralista.
Artículo 4. Independencia.
Los distintos órganos de la Revista velarán por la preservación de lo establecido
en el artículo anterior, asegurando su independencia frente a toda injerencia de
persona, grupo o institución que pudiera desviar la línea editorial indicada. Compete
especialmente al Consejo Asesor de la Revista la superior vigilancia y tutela de los
principios mencionados.
Artículo 5. Fines de la Revista.
La Revista debe cumplir un primer y básico fin de generación de nuevo conocimiento
de alto nivel científico, con contenidos de utilidad común para colectivos diversos
de personas investigadoras, profesionales del derecho, personas empleadas de la
Administración, etc. evitando publicar, en la mayor medida posible, aquellos materiales
que sólo satisfagan el interés de grupos muy determinados de lectores.
CAPÍTULO 2
Características y contenido
Artículo 6. Características de la Revista.
1. La «Revista Andaluza de Administración Pública» es una revista esencialmente
jurídica cuyo objeto primario es la investigación y análisis de las fuentes y actividades
jurídicas relativas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, las
Administraciones locales andaluzas y la generalidad de los entes públicos de Andalucía.
2. Lo anterior no implica exclusión de estudios referidos a otros poderes, instituciones
o problemas de la propia Comunidad Autónoma, ni la posible selección de colaboraciones
referidas a otras Administraciones públicas que por incidir en el ámbito de intereses de la
Junta de Andalucía merezcan ser publicadas.
Artículo 8. Edición.
1. La «Revista Andaluza de Administración Pública» es digital, sin perjuicio de edición
en papel para su archivo y constancia histórica. A estos efectos se remitirá una copia
de la edición en papel a las siguientes bibliotecas: Biblioteca de Andalucía, Biblioteca
del Parlamento de Andalucía, Bibliotecas de los Colegios de Abogados de Andalucía y
Bibliotecas de la Facultades de Derecho de Andalucía.
2. La edición impresa de «Revista Andaluza de Administración Pública» tiene
un formato de doscientos veintinueve milímetros de longitud por ciento sesenta y dos
de anchura. Quedará destacado su título principal y las siglas RAAP constituirán los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284515
Artículo 7. Actividad de la Revista.
1. La actividad básica de la Revista consiste en la publicación de números ordinarios,
de periodicidad bianual. Algunos números podrán tener carácter monográfico, debiendo
respetarse el estilo habitual de la publicación.
2. Excepcionalmente podrán ser publicados números extraordinarios destinados
a recoger estudios sobre acontecimientos o cuestiones que aconsejen su publicación
conjunta en un volumen.
3. El Consejo de Redacción de la Revista, en nombre de esta, también podrá organizar
jornadas o ciclos de conferencias, cuyos materiales sean susceptibles de publicación en
aquella.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9489/8
de adscripción ideológica o política determinada, persiguiendo exclusivamente poner sus
contenidos científicos, de modo objetivo e imparcial, al servicio de los intereses generales
de Andalucía. La Revista se asienta sobre dichos principios y su esencial caracterización
de revista científica, universitaria, libre y pluralista.
Artículo 4. Independencia.
Los distintos órganos de la Revista velarán por la preservación de lo establecido
en el artículo anterior, asegurando su independencia frente a toda injerencia de
persona, grupo o institución que pudiera desviar la línea editorial indicada. Compete
especialmente al Consejo Asesor de la Revista la superior vigilancia y tutela de los
principios mencionados.
Artículo 5. Fines de la Revista.
La Revista debe cumplir un primer y básico fin de generación de nuevo conocimiento
de alto nivel científico, con contenidos de utilidad común para colectivos diversos
de personas investigadoras, profesionales del derecho, personas empleadas de la
Administración, etc. evitando publicar, en la mayor medida posible, aquellos materiales
que sólo satisfagan el interés de grupos muy determinados de lectores.
CAPÍTULO 2
Características y contenido
Artículo 6. Características de la Revista.
1. La «Revista Andaluza de Administración Pública» es una revista esencialmente
jurídica cuyo objeto primario es la investigación y análisis de las fuentes y actividades
jurídicas relativas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, las
Administraciones locales andaluzas y la generalidad de los entes públicos de Andalucía.
2. Lo anterior no implica exclusión de estudios referidos a otros poderes, instituciones
o problemas de la propia Comunidad Autónoma, ni la posible selección de colaboraciones
referidas a otras Administraciones públicas que por incidir en el ámbito de intereses de la
Junta de Andalucía merezcan ser publicadas.
Artículo 8. Edición.
1. La «Revista Andaluza de Administración Pública» es digital, sin perjuicio de edición
en papel para su archivo y constancia histórica. A estos efectos se remitirá una copia
de la edición en papel a las siguientes bibliotecas: Biblioteca de Andalucía, Biblioteca
del Parlamento de Andalucía, Bibliotecas de los Colegios de Abogados de Andalucía y
Bibliotecas de la Facultades de Derecho de Andalucía.
2. La edición impresa de «Revista Andaluza de Administración Pública» tiene
un formato de doscientos veintinueve milímetros de longitud por ciento sesenta y dos
de anchura. Quedará destacado su título principal y las siglas RAAP constituirán los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284515
Artículo 7. Actividad de la Revista.
1. La actividad básica de la Revista consiste en la publicación de números ordinarios,
de periodicidad bianual. Algunos números podrán tener carácter monográfico, debiendo
respetarse el estilo habitual de la publicación.
2. Excepcionalmente podrán ser publicados números extraordinarios destinados
a recoger estudios sobre acontecimientos o cuestiones que aconsejen su publicación
conjunta en un volumen.
3. El Consejo de Redacción de la Revista, en nombre de esta, también podrá organizar
jornadas o ciclos de conferencias, cuyos materiales sean susceptibles de publicación en
aquella.