3. Otras disposiciones. . (2023/102-40)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica convenio específico de colaboración.
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Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023

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g) Los resúmenes no podrán exceder de 20 renglones. Podrán dar cuenta de manera
sintética del trabajo en cuestión, presentar los objetivos del trabajo realizado y anticipar
conclusiones relevantes. Deben incorporar resúmenes todos los trabajos, excepto los
que se publican en la sección de bibliografía. Los resúmenes habrán de redactarse en
español y en inglés.
h) Salvo los trabajos que se publiquen en la sección de bibliografía, el resto deberá
incorporar, después del resumen, entre tres y seis palabras clave, en español y en inglés.
i) Los epígrafes, que no podrán incorporar notas a pie de página, seguirán el siguiente
modelo:
Epígrafe de primer nivel, mayúsculas precedidas de número romano.
Epígrafe de segundo nivel, en negrillas.
Epígrafe de tercer nivel, en letra normal.
Epígrafe de cuarto nivel, cursivas.
j) Los estudios, comentarios de jurisprudencia y crónicas o documentos incorporarán
un último epígrafe en el que se relacione la bibliografía citada en el trabajo, por orden
alfabético del primer apellido del autor o autora. Exclusivamente se incluirá la bibliografía
que se haya citado. El sistema de citas será como se ejemplifica a continuación:
En el epígrafe de bibliografía citada:
Clavero Arévalo, M. F. El nuevo régimen de licencias de urbanismo, Civitas, Madrid,
1976, p. 34
Clavero Arévalo, M. F. «La inejecución de sentencias contencioso-administrativas
y del Tribunal Constitucional», en F. López Menudo (coord.), Derechos y garantías del
ciudadano: estudios en homenaje al profesor Alfonso Pérez Moreno, Iustel, Madrid, 2011,
p. 501.
Clavero Arévalo, M. F. «Instituciones autonómicas de Andalucía», en Administración
de Andalucía. Revista Andaluza de Administración Pública, núm. 1, 1990, p. 21.
En el texto del trabajo, en nota al pie, se citará de manera simplificada el autor, el año
y la página conforme al siguiente ejemplo: Clavero Arévalo, M. F. (1990: 21). En ningún
caso se incluirá en el texto del trabajo la referencia bibliográfica completa o recortada
mediante el inicio del título seguido de ob. cit, op. cit. o similar.
5. La Secretaría de la Revista devolverá los trabajos que no cumplan los requisitos
del apartado anterior.
6. Una vez admitidos los originales, pasarán a ser evaluados con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 15 de este reglamento. Se exceptúan los trabajos destinados a la
sección de bibliografía.
7. A la vista del resultado de la evaluación, el Consejo de Redacción decidirá
de manera motivada la decisión de publicar o no el trabajo. El Consejo de Redacción
determinará los trabajos que se publicarán en cada número, atendiendo a los siguientes
criterios, que se enumeran por orden de preferencia:
Calidad científica y relevancia práctica (50%).
Novedad e interés del tema (20%).
Orden de llegada a la Revista (10%).
Paridad de género (10%).
Pertenencia de la persona autora a una institución extranjera (10%).
El Consejo de Redacción determinará asimismo la sección en la que se publicará el
trabajo.
8. La decisión se comunicará a los autores o autoras, a través de la Secretaría de la
Revista, haciendo uso de la plataforma utilizada para la gestión digital integral del proceso
de publicación. La motivación de la decisión dará cuenta de las apreciaciones realizadas
por las personas evaluadoras y por el Consejo de Redacción, pudiendo consistir en la
reproducción de los informes de evaluación emitidos.
9. En la publicación de los trabajos se consignará la fecha de envío y la de aceptación
por el Consejo de Redacción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00284515

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía