Disposiciones generales. . (2023/102-2)
Orden de 25 de mayo de 2023, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023

página 9464/8

Artículo 5. Proceso de elaboración y tramitación del anteproyecto de Presupuesto y
plazos.
1. Anteproyectos de Presupuesto para la Junta de Andalucía, sus instituciones,
agencias administrativas, de régimen especial, públicas empresariales referidas en el
artículo 2.c) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, y consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.
Para la determinación de los estados de gastos del anteproyecto, las personas
responsables de las diferentes secciones presupuestarias deberán consignar las
dotaciones correspondientes, conforme a la estructura establecida en el artículo 4.1,
antes del día 23 de junio de 2023, en el Módulo de Elaboración del Presupuesto (en
adelante MEP) del sistema GIRO de la Junta de Andalucía.
En cuanto al capítulo correspondiente a los gastos de personal, y en orden a obtener
la plantilla presupuestaria que conformará el anexo de personal del Presupuesto, la
Dirección General de Presupuestos solicitará los datos que se precisen, e impartirá las
instrucciones oportunas para la dotación de los créditos correspondientes.
En relación con los gastos financiados con fondos europeos, el órgano directivo
competente de la administración de los Fondos Europeos deberá tener disponible
antes del día 16 de junio de 2023, la envolvente financiera. Dicha envolvente se
mantendrá permanentemente actualizada en la medida que se produzcan propuestas de
reprogramación, de modo que se permita la mayor agilidad en la absorción de los fondos
estructurales.
En cuanto a la financiación correspondiente a transferencias y otros ingresos de
carácter finalista, la consignación por parte de los gestores presupuestarios se realizará
de acuerdo con la información de que dispongan y conforme a su estimación. Se deberán
incorporar de forma separada y teniendo en cuenta la nomenclatura específica que a
tal efecto proporcione la Dirección General de Presupuestos para la determinación
del elemento fondo correspondiente, las asignaciones procedentes de los distintos
departamentos ministeriales para financiar medidas con el Mecanismo Europeo de
Recuperación y Resiliencia.
En los supuestos en que en el ámbito de las distintas secciones presupuestarias se
gestionen ingresos, los centros gestores cumplimentarán sus previsiones en el Módulo
de Elaboración del Presupuesto del sistema GIRO, antes del día 23 de junio de 2023.
Las previsiones de ingresos contendrán necesariamente un breve texto justificativo en
el que se indicarán los criterios de previsión utilizados y se especificarán los cambios
normativos o de gestión que les afecten. Las citadas previsiones servirán a la Secretaría
General de Hacienda para la configuración del escenario de ingresos del ejercicio.
Asimismo, y con anterioridad al día 1 de julio de 2023, los gestores presupuestarios
remitirán la información de carácter cualitativo relativa a sus anteproyectos de gastos
e ingresos, atendiendo a su estructura orgánica y funcional. Esta se conformará, de
una parte, con la justificación pormenorizada de la propuesta económica, según los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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h) El Estado de Flujos de Efectivo, en términos previsionales.
i) La liquidación del Presupuesto del ejercicio inmediatamente anterior.
2.2. En todo caso, y de acuerdo con el artículo 58 del texto refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las sociedades mercantiles y
las fundaciones del sector público andaluz, así como los fondos carentes de personalidad
jurídica elaborarán un programa de actuación, inversión y financiación, que se compondrá
de los documentos recogidos en los párrafos b) a e) del apartado anterior.
2.3. Los formatos y modelos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones
indicadas en los anteriores apartados se desarrollarán por la Dirección General de
Presupuestos y se encontrarán disponibles en la Central de Información del Sistema de
gestión integral de recursos organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía
(en adelante sistema GIRO).