Disposiciones generales. . (2023/102-2)
Orden de 25 de mayo de 2023, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023

página 9464/4

Finalmente, esta orden proporciona a la ciudadanía información sobre la estructura
del Presupuesto y sobre las reglas internas de elaboración del mismo, lo que posibilita la
transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos.
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 13.c) y 34 del texto refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y por los artículos 44.2
y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284491

de Andalucía, se adoptarán las recomendaciones del Informe de Evaluación del Enfoque
de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, emitido sobre el proyecto de ley del
presupuesto de la Comunidad Autónoma 2023, conforme dispone el artículo 139.1
de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y
administrativas.
Se incluye en la disposición final primera la habilitación a la persona titular de la
Dirección General de Presupuestos para publicar en el plazo de los tres meses siguientes
a la aprobación de la Ley del Presupuesto los anexos actualizados de esta norma o de
la Orden de 7 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, por la
que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los
estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
que hayan sido objeto de modificación, una vez finalizado el proceso de elaboración del
Presupuesto con la aprobación de la Ley del Presupuesto, y cualquier otra actuación
necesaria en aplicación y ejecución de la presente Orden y para adecuar el proceso de
elaboración del Presupuesto a las modificaciones normativas que durante la elaboración
del Presupuesto alcancen su vigencia.
Los anexos que acompañan a esta orden se adaptan a la estructura organizativa de
la Junta de Andalucía contenida en la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, introduciéndose además
los nuevos cambios organizativos provenientes de las modificaciones de los decretos
de estructura de la Consejería de Presidencia Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa; Consejería de Industria, Energía y Minas; Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul, que deriva, asimismo, en cambios en la estructura
funcional por programas. Además, se definen cada uno de los servicios en la clasificación
orgánica, y se actualiza la clasificación económica de ingresos y gastos en coherencia
con la Orden de 7 de julio de 2020. Se incluye un nuevo anexo que contribuye a visualizar
los programas que coadyuvan al objetivo de transversalizar la estrategia de género y
clima en el Presupuesto, y a facilitar la elaboración del informe preceptivo de evaluación
de enfoque de los derechos de la infancia y la adolescencia.
La presente orden se adecúa a los principios de buena regulación referidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, desarrollados en el artículo 7.2 del Decreto 622/2019,
de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos
y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. Es el instrumento legalmente
determinado a través del cual la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
ha de determinar la estructura del Presupuesto de ingresos y gastos, por lo que se da
cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia.
A su vez, al regular la estructura del Presupuesto y establecer determinadas normas
internas sobre la elaboración del mismo y de su documentación anexa, se dota a las
personas destinatarias del Presupuesto de los medios para conocer los trámites a seguir
en su procedimiento de elaboración, lo que redunda en la seguridad jurídica y se da
satisfacción a los principios de eficiencia y proporcionalidad al resultar estos trámites
proporcionados a la finalidad perseguida.