5. Anuncios. . (2023/102-61)
Anuncio de 24 de mayo de 2023, de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, de modificación de sus Estatutos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023

página 9486/7

Artículo 14. Potestades.
La Mancomunidad de Municipios tendrá plenas facultades para proceder, previo
cumplimiento de los requisitos legales, a la adopción de los acuerdos que precisen la
instalación y funcionamiento de los servicios indicados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284509

proyección y desarrollo de obras, instalaciones y servicios municipales, asesoramiento
y control o inspección, a través de la oficina técnica común y para todos los municipios
mancomunados que soliciten este servicio, incluyendo la asistencia en materia de
sistemas SIG, y en la de Gestión y Disciplina urbanísticas.
Esta asistencia técnica, en ningún caso supondrá la asunción por la Mancomunidad
de las competencias urbanísticas del municipio.
d) Playas: Asistencia técnica a los municipios integrantes en materia de mantenimiento
de las playas en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, así como la
vigilancia de la observancia de las normas e instrucciones dictadas por la Administración
del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas. A estos solos efectos,
se considerarán como playas, además de la franja litoral terrestre contigua a la orilla
del Mar, una zona de mar situada en el interior de una banda litoral, paralela a la costa,
reservada exclusivamente a los bañistas y en la cual, conforme a la regulación legal en
cada momento, la navegación está prohibida o condicionada. Esta zona, que actualmente
es de doscientos metros de ancho, será en cada momento la que fije la normativa que
se dicte y en ella, el mantenimiento de la seguridad incluye el balizamiento y señalización
de la zona y, de igual manera, el mantenimiento de la limpieza, higiene y salubridad de la
zona mediante vehículos (en la zona terrestre) y de embarcaciones (en la zona de agua
contigua) u otros dispositivos adecuados para dicho fin.
Estas competencias se realizarán siempre que no se asuman estas funciones por
otra Administración y que esta Mancomunidad de Municipios cuente con financiación
adecuada y suficiente para ello.
e) Medio Ambiente Urbano: se podrán realizar campañas de prevención y medio
ambientales. Así mismo se podrán realizar campañas de reforestación en montes
públicos de los municipios mancomunados.
f) Turismo: Información y promoción de la actividad turística en la zona Costa del Sol
Occidental.
g) Incendios: Asistencia para la coordinación (o sala común) en incendios y campañas
de control.
h) Planes de inversión mancomunados: Que comprenden tanto la realización de obras
y servicios propios de los fines de la Mancomunidad de Municipios como llevar a cabo
–dentro de las áreas que integran los fines de la Mancomunidad– Planes de Inversión o
Planes de Servicios, con destino a los municipios integrantes.
La distribución presupuestaria de estas inversiones, cuando sean financiadas con
recursos propios de la Mancomunidad y no tengan carácter de emergencia u otras
circunstancias extraordinarias, responderá al porcentaje de participación de cada
municipio en la aportación a los recursos de la Mancomunidad.
i) Adquisición de vehículos o maquinaria para la Mancomunidad o para los municipios
mancomunados para servicios públicos municipales en ejecución de competencias
municipales propias.
j) Promoción del Deporte e Instalaciones Deportivas y de ocupación del tiempo libre.
k) Y cuantas otras configure la Ley como propias de los municipios, siempre bajo los
principios de economía, eficacia, calidad y no duplicidad o coexistencia.
En todos los casos, la delegación de competencias habrá de ir acompañada de la
existencia de financiación propia para atenderla o de la correspondiente financiación
externa que configure recursos adecuados y suficientes que no pongan en riesgo
la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda de esta Mancomunidad de
Municipios.