Disposiciones generales. . (2023/101-1)
Orden de 12 de mayo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para la ejecución de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino que integran el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Andalucía 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14.I1.2).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023

página 9384/26

b) La memoria económica abreviada. Esta memoria económica incluirá, al menos:
1.º El estado representativo de la totalidad de los gastos e inversiones incurridos
en la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su
caso, fecha de pago, así como cualquier otro extremo relacionado. Asimismo, incluirá,
en su caso, una justificación de las desviaciones acaecidas respecto al presupuesto
considerado en la concesión de la subvención. En su caso, se aportará la acreditación
del reintegro de remanentes no aplicados y la relación detallada de otros ingresos o
subvenciones percibidas que hayan financiado la actividad, con indicación de su importe
y procedencia. Los documentos originales acreditativos del gasto y del pago quedarán en
poder de la entidad beneficiaria, a disposición de los órganos de comprobación y control.
Asimismo, los justificantes de pago deberán ser claramente identificables y
relacionables con las facturas aportadas y deberán permitir identificar a la entidad
beneficiaria siendo ésta el único pagador, ya sea mediante un pago directo por el mismo
o en su nombre (mediante la correspondiente acreditación documental), al tercero que
percibe las cantidades pagadas y la fecha de pago (fecha valor) o salida efectiva de los
fondos de la beneficiaria.
2.º La relación de los contratos relativos a las actuaciones realizadas, así como
relación de las facturas, y de sus correspondientes justificantes bancarios de pago y
copia de los mismos.
3.º En el caso de existir contratación pública, relación certificada y copia de los
contratos suscritos por la entidad beneficiaria para la realización de las actuaciones
objeto de ayuda, así como documentación justificativa del procedimiento de contratación:
dirección web del perfil del contratante, pliegos, anuncios de licitación y formalización de
contratos, acuerdos del órgano de contratación.
4.º Asimismo, debe acreditar:
i. La existencia de una contabilidad diferenciada que permita una adecuada pista de
auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de esta subvención y el mantenimiento
de la documentación soporte, en los términos que establezca el Ministerio de Hacienda y
Función Pública de conformidad con la normativa nacional y de la Unión Europea, cuando
le resulte de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284412

6.º La aportación por parte del contratista y de los subcontratistas de la información
relativa al titular real del beneficiario final de los fondos en la forma prevista en el artículo
10 de la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
7.º La sujeción a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude,
el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea y el derecho de estos órganos al
acceso a la información sobre el contrato.
8.º Las normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 132 del Reglamento Financiero.
9.º El obligado cumplimiento de los compromisos en materia de comunicación,
encabezamientos y logos que se contienen en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b. Comprobación de que en el expediente de contratación figuran:
1.º Hacer constar que se ha realizado una evaluación de riesgo de fraude, corrupción
o conflicto de interés aplicada al contrato público en cuestión.
2.º Referencia a la disponibilidad de un procedimiento para abordar conflictos de
intereses y fraudes.
3.º Se incluirán todas las DACI cumplimentadas por los intervinientes en la licitación
por parte del órgano de contratación y las de contratistas y subcontratistas cuando se
obtengan.
4.º Incluir la verificación que debe realizar el órgano gestor para garantizar la ausencia
de doble financiación del contrato.