Disposiciones generales. . (2023/101-1)
Orden de 12 de mayo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para la ejecución de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino que integran el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Andalucía 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14.I1.2).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 9384/15
presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las
certificaciones o la remisión de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Consejería competente en materia
de hacienda de la Junta de Andalucía a las que hace referencia el artículo 120.2 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en
los demás casos en que una norma con rango de ley lo haya establecido, efectuándose
de oficio por el órgano gestor las correspondientes comprobaciones. En los supuestos de
imposibilidad material de realizar estas comprobaciones, el órgano instructor podrá requerir
a la entidad solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios.
Decimoprimera. Órganos competentes para la instrucción y resolución.
1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de
subvenciones es la Dirección General de Turismo, siendo el competente para la resolución
del procedimiento la persona titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284412
Décima. Documentación.
1. Las entidades locales solicitantes deben adjuntar a la solicitud la documentación
que se relaciona a continuación:
a) Copia autenticada del NIF de la entidad, en su caso.
b) Certificación acreditativa de la condición de Alcalde o Alcaldesa, o persona que
ostente la Presidencia de la Entidad Local, o que actúe por delegación como representante
legal de la misma. En este último caso deberá aportar también la acreditación de la
representación que ostenta.
c) Certificado de estar al corriente con las obligaciones frente a la Seguridad Social.
d) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención, adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
e) Memoria descriptiva de las acciones que componen cada actuación del PSTD para
la que se solicita la subvención y su presupuesto detallado, y desglose de partidas y
conceptos; así como cronograma indicando las fechas estimadas de inicio y finalización
de cada una de las actuaciones.
f) Cuando la actuación subvencionable consista en la ejecución de obras, deberá
aportarse Proyecto Básico que podrá sustituirse, cuando las actuaciones sean obras
menores, por una memoria realizada por técnico facultativo competente. Cuando no
sea posible la aportación de dicha documentación, la entidad beneficiaria la entidad
beneficiaria deberá comprometerse a presentarla, en todo caso, con carácter previo al
inicio de las obras.
g) Escrito por el que se compromete a conceder los derechos y los accesos
necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo,
la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan sus competencias
(Anexo IV de las presentes bases reguladoras).
h) Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del plan de recuperación, transformación y resiliencia (Anexo V de las presentes bases
reguladoras).
i) Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH de acuerdo a los
modelos establecidos en la Guía DNSH de Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico (Anexo VII de las presentes bases reguladoras).
j) Declaración de cesión y tratamiento de datos (Anexo VI de las presentes bases
reguladoras).
k) «Plan de medidas antifraude» del artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
2. Las actuaciones y los importes que se consignen en los documentos relacionados
en el apartado anterior deberán adecuarse estrictamente al contenido del Plan Territorial.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 9384/15
presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las
certificaciones o la remisión de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Consejería competente en materia
de hacienda de la Junta de Andalucía a las que hace referencia el artículo 120.2 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en
los demás casos en que una norma con rango de ley lo haya establecido, efectuándose
de oficio por el órgano gestor las correspondientes comprobaciones. En los supuestos de
imposibilidad material de realizar estas comprobaciones, el órgano instructor podrá requerir
a la entidad solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios.
Decimoprimera. Órganos competentes para la instrucción y resolución.
1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de
subvenciones es la Dirección General de Turismo, siendo el competente para la resolución
del procedimiento la persona titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284412
Décima. Documentación.
1. Las entidades locales solicitantes deben adjuntar a la solicitud la documentación
que se relaciona a continuación:
a) Copia autenticada del NIF de la entidad, en su caso.
b) Certificación acreditativa de la condición de Alcalde o Alcaldesa, o persona que
ostente la Presidencia de la Entidad Local, o que actúe por delegación como representante
legal de la misma. En este último caso deberá aportar también la acreditación de la
representación que ostenta.
c) Certificado de estar al corriente con las obligaciones frente a la Seguridad Social.
d) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención, adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
e) Memoria descriptiva de las acciones que componen cada actuación del PSTD para
la que se solicita la subvención y su presupuesto detallado, y desglose de partidas y
conceptos; así como cronograma indicando las fechas estimadas de inicio y finalización
de cada una de las actuaciones.
f) Cuando la actuación subvencionable consista en la ejecución de obras, deberá
aportarse Proyecto Básico que podrá sustituirse, cuando las actuaciones sean obras
menores, por una memoria realizada por técnico facultativo competente. Cuando no
sea posible la aportación de dicha documentación, la entidad beneficiaria la entidad
beneficiaria deberá comprometerse a presentarla, en todo caso, con carácter previo al
inicio de las obras.
g) Escrito por el que se compromete a conceder los derechos y los accesos
necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo,
la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan sus competencias
(Anexo IV de las presentes bases reguladoras).
h) Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del plan de recuperación, transformación y resiliencia (Anexo V de las presentes bases
reguladoras).
i) Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH de acuerdo a los
modelos establecidos en la Guía DNSH de Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico (Anexo VII de las presentes bases reguladoras).
j) Declaración de cesión y tratamiento de datos (Anexo VI de las presentes bases
reguladoras).
k) «Plan de medidas antifraude» del artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
2. Las actuaciones y los importes que se consignen en los documentos relacionados
en el apartado anterior deberán adecuarse estrictamente al contenido del Plan Territorial.