5. Anuncios. . (2023/101-82)
Anuncio de 10 de mayo de 2023, del Ayuntamiento de Fuente Palmera, relativo a la publicación de las bases que regirán el proceso selectivo de dos plazas de personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, categoría de Policía del cuerpo de la Policía Local mediante el sistema de oposición libre. (PP. 1888/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 8559/7
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional,
autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales,
control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a
normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación
o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además
de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De
este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se
explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de
estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o
de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la
función policial, u otros.
8.1.4. Cuarta prueba: Examen médico.
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme
a las prescripciones contenidas en la Orden de 22 de diciembre de 2003, ya citada, que
figura en el Anexo II de la presente convocatoria.
Se calificará de apto o no apto.
Las pruebas de la primera fase tendrán carácter eliminatorio.
8.2. Segunda fase: Curso de ingreso.
Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en el Instituto de Emergencias
y Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de
Policía Local.
Estarán exentos de realizar el curso de ingreso quienes ya hubieran superado el
correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en el Instituto de Emergencias
y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas
Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación del Instituto de
Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de
cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación
de la fase de oposición.
Décima. Presentación de documentos.
10.1. Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo,
presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la
publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la Base 3.1. de la presente
convocatoria. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente
señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal
equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio
del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto
201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación,
de acuerdo con las normas penales y administrativas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283593
Novena. Relación de aprobados de la fase de oposición.
Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar
de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento
propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
Si el Tribunal apreciara que los aspirantes no reúnen las condiciones mínimas
necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, declarará desierta la presente
convocatoria, total o parcialmente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 8559/7
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional,
autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales,
control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a
normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación
o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además
de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De
este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se
explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de
estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o
de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la
función policial, u otros.
8.1.4. Cuarta prueba: Examen médico.
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme
a las prescripciones contenidas en la Orden de 22 de diciembre de 2003, ya citada, que
figura en el Anexo II de la presente convocatoria.
Se calificará de apto o no apto.
Las pruebas de la primera fase tendrán carácter eliminatorio.
8.2. Segunda fase: Curso de ingreso.
Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en el Instituto de Emergencias
y Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de
Policía Local.
Estarán exentos de realizar el curso de ingreso quienes ya hubieran superado el
correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en el Instituto de Emergencias
y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas
Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación del Instituto de
Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de
cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación
de la fase de oposición.
Décima. Presentación de documentos.
10.1. Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo,
presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la
publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la Base 3.1. de la presente
convocatoria. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente
señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal
equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio
del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto
201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación,
de acuerdo con las normas penales y administrativas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283593
Novena. Relación de aprobados de la fase de oposición.
Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar
de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento
propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
Si el Tribunal apreciara que los aspirantes no reúnen las condiciones mínimas
necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, declarará desierta la presente
convocatoria, total o parcialmente.