5. Anuncios. . (2023/101-82)
Anuncio de 10 de mayo de 2023, del Ayuntamiento de Fuente Palmera, relativo a la publicación de las bases que regirán el proceso selectivo de dos plazas de personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, categoría de Policía del cuerpo de la Policía Local mediante el sistema de oposición libre. (PP. 1888/2023).
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Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 8559/6
La primera parte tendrá carácter eliminatoria, por lo que solamente podrán realizar la
segunda parte los aspirantes que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos, realizándose la
segunda parte en un día distinto, para lo cual se avisará con antelación en el Tablón de
Edictos de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, accesible a través de la dirección
ya indicada anteriormente. La calificación final, será la suma de ambos dividida por 2.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas
para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin conocer la identidad
de los aspirantes. En tales casos el Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas
de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad
de los autores.
8.1.2. Segunda prueba: Aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden
de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen
las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local,
detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece,
siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar
al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante
reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas. El certificado tendrá una
validez de 30 días, a contar desde el día siguiente a su expedición.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se
encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las
demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que
el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el
aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo
de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten
las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan
acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo
de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo
aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con
aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos
de atuendo deportivo.
8.1.3. Tercera prueba: Psicotécnica.
La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes
presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran. Se
calificará de apto o no apto.
A. Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas,
exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la
población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en
función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general,
comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención
discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B. Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad
más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el
grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse
la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283593
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 8559/6
La primera parte tendrá carácter eliminatoria, por lo que solamente podrán realizar la
segunda parte los aspirantes que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos, realizándose la
segunda parte en un día distinto, para lo cual se avisará con antelación en el Tablón de
Edictos de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, accesible a través de la dirección
ya indicada anteriormente. La calificación final, será la suma de ambos dividida por 2.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas
para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin conocer la identidad
de los aspirantes. En tales casos el Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas
de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad
de los autores.
8.1.2. Segunda prueba: Aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden
de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen
las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local,
detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece,
siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar
al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante
reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas. El certificado tendrá una
validez de 30 días, a contar desde el día siguiente a su expedición.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se
encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las
demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que
el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el
aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo
de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten
las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan
acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo
de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo
aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con
aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos
de atuendo deportivo.
8.1.3. Tercera prueba: Psicotécnica.
La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes
presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran. Se
calificará de apto o no apto.
A. Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas,
exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la
población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en
función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general,
comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención
discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B. Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad
más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el
grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse
la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283593
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía