3. Otras disposiciones. . (2023/99-29)
Decreto 115/2023, de 23 de mayo, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada La Cantería del mármol de Macael, en Macael (Almería).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 99 - Viernes, 26 de mayo de 2023

página 9289/3

ACUERDA
Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien
de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada La Cantería del mármol
de Macael, en Macael (Almería), cuya descripción figura en el anexo al presente decreto.
Segundo. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como
Bienes de Interés Cultural, por su vinculación con la Actividad de Interés Etnológico, los
bienes muebles y elementos que se relacionan y describen en el anexo al presente decreto.
Tercero. Adscribir un ámbito territorial vinculado al desarrollo de la Actividad de
Interés Etnológico que se relaciona y describe en el anexo al presente decreto, instando
el asiento del citado ámbito territorial en el Registro Autonómico de Instrumentos de
Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, a
través de su inclusión en los catálogos urbanísticos de los municipios afectados.
Cuarto. Establecer las instrucciones particulares que, a modo de recomendaciones
para la salvaguarda, constan en el anexo al presente decreto.
Quinto. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de
los bienes que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera
que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección
por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio
por las personas investigadoras acreditadas por la misma.
Sexto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su
constancia en el Registro correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 9.9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.
Séptimo. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer,
desde el día siguiente al de su publicación, potestativamente, recurso de reposición
ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a),
14.1. regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 23 de mayo de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA

00284317

Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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