Disposiciones generales. . (2023/96-3)
Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca, para el año 2023, la concesión de las subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Martes, 23 de mayo de 2023
página 8892/28
E) Ausencias, faltas de asistencia y exclusiones en el programa formativo:
Son causas de exclusión del alumnado:
a) La acumulación de más de tres faltas sin justificar en 1 mes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 18.3 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo. El cómputo de
los meses comenzará con la fecha de inicio de la acción formativa y se contabilizará de
fecha a fecha.
b) El comportamiento indebido u obstaculización del normal desarrollo de la acción
formativa.
c) El incumplimiento de la normativa en seguridad y prevención de riesgos laborales
según el contenido de la especialidad formativa que se imparta durante el desarrollo de
la acción formativa.
Para la comprobación de los términos indicados en las letra b) y c) del apartado
anterior, la persona responsable de la empresa beneficiaria, previo informe motivado
del personal formador, apercibirá al alumno o alumna que incurra en alguno de estos
supuestos dejando constancia por escrito de tal hecho, en el que se indicará el nombre
del alumno o alumna apercibido, fecha en la que se produce este hecho y descripción
de la causa que ha motivado el apercibimiento. En el caso de que un mismo alumno o
alumna sea apercibido en más de dos ocasiones, se le excluirá automáticamente de la
acción formativa.
Cuando la ausencia se produzca por causa justificada, el alumno o alumna deberá
comunicarlo al centro el primer día de la misma, debiendo presentar al personal formador
de la acción formativa, el correspondiente justificante en un plazo inferior a 5 días tras su
reincorporación a la acción formativa. De no hacerlo, en dicho plazo se considerará no
justificada. Tendrá la consideración de falta justificada la motivada por:
- Enfermedad.
- Consulta médica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283941
El alumnado participante en las acciones formativas de esta convocatoria tendrá
derecho a:
a) Solicitar las becas y ayudas previstas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
b) Protección frente a cualquier riesgo derivado de la realización de la acción
formativa desde su inicio hasta su finalización, mediante un seguro de accidentes y de
responsabilidad civil frente a terceros.
c) Obtener certificación de la formación realizada.
d) Ser informado por escrito, al inicio del programa formativo sobre el alcance de la
formación y las condiciones concretas del compromiso de contratación aprobado (núm.
previsto de contratos, jornada, duración, centros de trabajo, salario, horario, convenio
aplicable…).
El alumnado participante en las acciones formativas de esta convocatoria tendrá las
siguientes obligaciones:
a) Asistir y seguir con aprovechamiento el programa formativo impartido colaborando
con el sistema de control de asistencia determinado por la Administración.
b) Cumplir la normativa en seguridad y prevención de riesgos laborales según el
contenido de la especialidad que se imparta durante el desarrollo del programa formativo,
así como cumplimentar el cuestionario para la evaluación de la calidad de las acciones
formativas en el marco del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
c) El alumnado no habrá podido tener relación laboral de ningún tipo con la empresa
en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de subvención.
d) Realizar el control de asistencia mediante el mecanismo de control que incluya
su identificación fehaciente y que podrá estar basado en parámetros biométricos. El
alumno o alumna que no utilice este control de asistencia con el sistema citado, no podrá
continuar participando en el programa formativo y será sustituido por un alumno o alumna
en situación de reserva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Martes, 23 de mayo de 2023
página 8892/28
E) Ausencias, faltas de asistencia y exclusiones en el programa formativo:
Son causas de exclusión del alumnado:
a) La acumulación de más de tres faltas sin justificar en 1 mes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 18.3 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo. El cómputo de
los meses comenzará con la fecha de inicio de la acción formativa y se contabilizará de
fecha a fecha.
b) El comportamiento indebido u obstaculización del normal desarrollo de la acción
formativa.
c) El incumplimiento de la normativa en seguridad y prevención de riesgos laborales
según el contenido de la especialidad formativa que se imparta durante el desarrollo de
la acción formativa.
Para la comprobación de los términos indicados en las letra b) y c) del apartado
anterior, la persona responsable de la empresa beneficiaria, previo informe motivado
del personal formador, apercibirá al alumno o alumna que incurra en alguno de estos
supuestos dejando constancia por escrito de tal hecho, en el que se indicará el nombre
del alumno o alumna apercibido, fecha en la que se produce este hecho y descripción
de la causa que ha motivado el apercibimiento. En el caso de que un mismo alumno o
alumna sea apercibido en más de dos ocasiones, se le excluirá automáticamente de la
acción formativa.
Cuando la ausencia se produzca por causa justificada, el alumno o alumna deberá
comunicarlo al centro el primer día de la misma, debiendo presentar al personal formador
de la acción formativa, el correspondiente justificante en un plazo inferior a 5 días tras su
reincorporación a la acción formativa. De no hacerlo, en dicho plazo se considerará no
justificada. Tendrá la consideración de falta justificada la motivada por:
- Enfermedad.
- Consulta médica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283941
El alumnado participante en las acciones formativas de esta convocatoria tendrá
derecho a:
a) Solicitar las becas y ayudas previstas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
b) Protección frente a cualquier riesgo derivado de la realización de la acción
formativa desde su inicio hasta su finalización, mediante un seguro de accidentes y de
responsabilidad civil frente a terceros.
c) Obtener certificación de la formación realizada.
d) Ser informado por escrito, al inicio del programa formativo sobre el alcance de la
formación y las condiciones concretas del compromiso de contratación aprobado (núm.
previsto de contratos, jornada, duración, centros de trabajo, salario, horario, convenio
aplicable…).
El alumnado participante en las acciones formativas de esta convocatoria tendrá las
siguientes obligaciones:
a) Asistir y seguir con aprovechamiento el programa formativo impartido colaborando
con el sistema de control de asistencia determinado por la Administración.
b) Cumplir la normativa en seguridad y prevención de riesgos laborales según el
contenido de la especialidad que se imparta durante el desarrollo del programa formativo,
así como cumplimentar el cuestionario para la evaluación de la calidad de las acciones
formativas en el marco del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
c) El alumnado no habrá podido tener relación laboral de ningún tipo con la empresa
en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de subvención.
d) Realizar el control de asistencia mediante el mecanismo de control que incluya
su identificación fehaciente y que podrá estar basado en parámetros biométricos. El
alumno o alumna que no utilice este control de asistencia con el sistema citado, no podrá
continuar participando en el programa formativo y será sustituido por un alumno o alumna
en situación de reserva.