Disposiciones generales. . (2023/95-4)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Andalucía Joven 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8881/3
laboral de personas jóvenes con discapacidad, para que puedan alcanzar su máximo
nivel de desarrollo personal y profesional.
k) Jóvenes revelación. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos
de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes menores de edad, que
destaquen en alguna modalidad de las enumeradas anteriormente en las letras c) a j).
2. Mención honorífica «Municipio Joven del año» al municipio que, a juicio del jurado,
haya destacado en la realización de programas y actuaciones en materia de juventud
en los 12 meses anteriores a esta convocatoria. Podrá ser elegido cualquier municipio
calificado, en el momento de esta convocatoria, como «Municipio Joven de Andalucía»
en virtud de lo establecido en la Orden de 18 de octubre de 2004, por la que se regula el
procedimiento para la obtención de la calificación de Municipio Joven de Andalucía. No
podrá recibir esta mención un municipio que la hubiera recibido con anterioridad.
Quinto. Forma, documentación, lugar y plazo de presentación de las candidaturas.
1. Las candidaturas se formalizarán con la presentación de una solicitud conforme al
modelo establecido en el Anexo I a la presente resolución, dirigida a la persona titular de
la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, donde constarán los datos de
identificación y contacto de las personas, colectivos o instituciones solicitantes. En caso
de menores de edad, la solicitud se suscribirá por su padre, madre o persona que ejerza
su representación legal. Asimismo, en el supuesto de personas jurídicas, la solicitud
deberá ser suscrita por su representante legal.
2. En dicha solicitud constará también, conforme al modelo establecido en el Anexo I:
- Declaración previa donde se autoriza expresamente a que el Instituto Andaluz de la
Juventud pueda utilizar, publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones
que realice de carácter informativo o divulgativo, y tanto en medios de comunicación
escritos en soporte físico, como en internet.
- Modalidad del Premio Andalucía Joven por la que se opta (únicamente puede
señalarse una modalidad).
- Memoria justificativa de la candidatura, donde se recogerá una presentación de
la persona, colectivo, entidad o institución candidata. Se expondrá, en función de la
modalidad a la que se presente, las principales actividades o proyectos desarrollados
por el/la candidato/a. Podrá tener una extensión máxima de 4 páginas y se elaborará
utilizando un lenguaje no sexista y no discriminatorio, evitando cualquier mención a
estereotipos sexistas o sociales.
3. La documentación que deberá acompañar a la citada solicitud es la siguiente:
a) Copia del DNI/NIE de la persona física solicitante, en el supuesto de haber ejercido
el derecho a oposición de la consulta de sus datos de identidad a través del Servicio de
Verificación y consulta de Datos de Identidad.
b) En su caso, copia del número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
c) En su caso, documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o
privada solicitante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283912
Cuarto. Presentación de las candidaturas.
1. Podrán presentar la solicitud para su candidatura personas jóvenes andaluzas o
residentes en Andalucía, así como grupos de jóvenes, colectivos, entidades, empresas,
organizaciones e instituciones. Opcionalmente, las candidaturas podrán venir avaladas,
mediante cartas de recomendación motivadas, por entidades públicas o privadas,
entidades inscritas en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, por
Administraciones Públicas y centros de enseñanza reglada, incluyendo Universidades.
2. Cada candidatura sólo podrá ser presentada en una de las once modalidades
recogidas en el apartado tercero, subapartado 1, de esta resolución.
3. Los ganadores de anteriores ediciones de los Premios Andalucía Joven no podrán
ser candidatos a ninguna de las modalidades de la presente convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8881/3
laboral de personas jóvenes con discapacidad, para que puedan alcanzar su máximo
nivel de desarrollo personal y profesional.
k) Jóvenes revelación. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos
de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes menores de edad, que
destaquen en alguna modalidad de las enumeradas anteriormente en las letras c) a j).
2. Mención honorífica «Municipio Joven del año» al municipio que, a juicio del jurado,
haya destacado en la realización de programas y actuaciones en materia de juventud
en los 12 meses anteriores a esta convocatoria. Podrá ser elegido cualquier municipio
calificado, en el momento de esta convocatoria, como «Municipio Joven de Andalucía»
en virtud de lo establecido en la Orden de 18 de octubre de 2004, por la que se regula el
procedimiento para la obtención de la calificación de Municipio Joven de Andalucía. No
podrá recibir esta mención un municipio que la hubiera recibido con anterioridad.
Quinto. Forma, documentación, lugar y plazo de presentación de las candidaturas.
1. Las candidaturas se formalizarán con la presentación de una solicitud conforme al
modelo establecido en el Anexo I a la presente resolución, dirigida a la persona titular de
la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, donde constarán los datos de
identificación y contacto de las personas, colectivos o instituciones solicitantes. En caso
de menores de edad, la solicitud se suscribirá por su padre, madre o persona que ejerza
su representación legal. Asimismo, en el supuesto de personas jurídicas, la solicitud
deberá ser suscrita por su representante legal.
2. En dicha solicitud constará también, conforme al modelo establecido en el Anexo I:
- Declaración previa donde se autoriza expresamente a que el Instituto Andaluz de la
Juventud pueda utilizar, publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones
que realice de carácter informativo o divulgativo, y tanto en medios de comunicación
escritos en soporte físico, como en internet.
- Modalidad del Premio Andalucía Joven por la que se opta (únicamente puede
señalarse una modalidad).
- Memoria justificativa de la candidatura, donde se recogerá una presentación de
la persona, colectivo, entidad o institución candidata. Se expondrá, en función de la
modalidad a la que se presente, las principales actividades o proyectos desarrollados
por el/la candidato/a. Podrá tener una extensión máxima de 4 páginas y se elaborará
utilizando un lenguaje no sexista y no discriminatorio, evitando cualquier mención a
estereotipos sexistas o sociales.
3. La documentación que deberá acompañar a la citada solicitud es la siguiente:
a) Copia del DNI/NIE de la persona física solicitante, en el supuesto de haber ejercido
el derecho a oposición de la consulta de sus datos de identidad a través del Servicio de
Verificación y consulta de Datos de Identidad.
b) En su caso, copia del número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
c) En su caso, documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o
privada solicitante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283912
Cuarto. Presentación de las candidaturas.
1. Podrán presentar la solicitud para su candidatura personas jóvenes andaluzas o
residentes en Andalucía, así como grupos de jóvenes, colectivos, entidades, empresas,
organizaciones e instituciones. Opcionalmente, las candidaturas podrán venir avaladas,
mediante cartas de recomendación motivadas, por entidades públicas o privadas,
entidades inscritas en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, por
Administraciones Públicas y centros de enseñanza reglada, incluyendo Universidades.
2. Cada candidatura sólo podrá ser presentada en una de las once modalidades
recogidas en el apartado tercero, subapartado 1, de esta resolución.
3. Los ganadores de anteriores ediciones de los Premios Andalucía Joven no podrán
ser candidatos a ninguna de las modalidades de la presente convocatoria.