Disposiciones generales. . (2023/95-4)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Andalucía Joven 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8881/2
Tercero. Modalidades.
1. Los Premios Andalucía Joven constan de las siguientes modalidades:
a) Emprendimiento juvenil. Consta de 2 categorías:
- Emprendimiento Empezar. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio
acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad máxima de tres años
y que destaquen por sus valores, originalidad, innovación y/o creatividad o contribución al
incremento de la actividad económica.
- Emprendimiento Trayectoria. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio
acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad superior a tres años
y con una trayectoria empresarial relevante.
b) Empleabilidad juvenil. Reconocimiento a entidades, empresas, organizaciones e
instituciones, que apoyen, fomenten y promuevan la empleabilidad de personas jóvenes
en Andalucía; valorándose positivamente aquellas iniciativas que apuesten por jóvenes
en peligro de exclusión social.
c) Arte y Cultura. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos
mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área de las artes y la
cultura, destaquen por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
d) Deporte. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos
mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área del deporte, destaquen
por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
e) Ciencia e Investigación, Innovación y Tecnología. Reconocimiento a iniciativas o
actuaciones desarrolladas por jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por
jóvenes en el ámbito de la ciencia e investigación, la innovación o la tecnología.
f) Ciudadanía joven activa. Reconocimiento a la participación cívica de jóvenes o
proyectos de participación cívica acometidos mayoritariamente por jóvenes, preocupados
por el ámbito de lo público e interesados por los asuntos de la vida en común y en
participar en la solución de los problemas colectivos a través del debate y la contestación
sobre las cuestiones públicas, con el afán de construir una sociedad democrática y mejor.
g) Compromiso Social. Reconocimiento al compromiso social de jóvenes, grupos de
jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes dirigidos a incrementar el
bienestar social.
h) Respeto a la igualdad y a la diversidad sexual y/o de género. Reconocimiento a
jóvenes, grupos de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que
promuevan e impulsen la igualdad entre hombres y mujeres y/o el respeto a la diversidad
sexual y/o de género.
i) Desarrollo Sostenible. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes,
grupos de jóvenes y/o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes, capaces
de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de
las futuras generaciones, garantizando el equilibrio entre el crecimiento económico, el
bienestar social y el respeto y cuidado del medio ambiente.
j) Promoción de la Inclusión Sociolaboral de personas jóvenes con discapacidad.
Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos de jóvenes y/o proyectos
acometidos mayoritariamente por personas jóvenes que promocionen la inserción socio
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283912
personas jóvenes y, en la modalidad de Empleabilidad Juvenil, a entidades, empresas,
organizaciones e instituciones, que destaquen en la consecución del objetivo previsto en
el resuelve primero de la presente convocatoria.
2. A los efectos de la presente resolución, con carácter general, se entiende por
jóvenes a las personas con edades comprendidas entre dieciocho y treinta y cinco años,
en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de las candidaturas, salvo
en la modalidad de «jóvenes revelación», en la que solo podrán participar jóvenes entre
catorce y diecisiete años en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de las
candidaturas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8881/2
Tercero. Modalidades.
1. Los Premios Andalucía Joven constan de las siguientes modalidades:
a) Emprendimiento juvenil. Consta de 2 categorías:
- Emprendimiento Empezar. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio
acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad máxima de tres años
y que destaquen por sus valores, originalidad, innovación y/o creatividad o contribución al
incremento de la actividad económica.
- Emprendimiento Trayectoria. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio
acometidos por jóvenes, que estén constituidos, con una antigüedad superior a tres años
y con una trayectoria empresarial relevante.
b) Empleabilidad juvenil. Reconocimiento a entidades, empresas, organizaciones e
instituciones, que apoyen, fomenten y promuevan la empleabilidad de personas jóvenes
en Andalucía; valorándose positivamente aquellas iniciativas que apuesten por jóvenes
en peligro de exclusión social.
c) Arte y Cultura. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos
mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área de las artes y la
cultura, destaquen por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
d) Deporte. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos
mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área del deporte, destaquen
por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
e) Ciencia e Investigación, Innovación y Tecnología. Reconocimiento a iniciativas o
actuaciones desarrolladas por jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por
jóvenes en el ámbito de la ciencia e investigación, la innovación o la tecnología.
f) Ciudadanía joven activa. Reconocimiento a la participación cívica de jóvenes o
proyectos de participación cívica acometidos mayoritariamente por jóvenes, preocupados
por el ámbito de lo público e interesados por los asuntos de la vida en común y en
participar en la solución de los problemas colectivos a través del debate y la contestación
sobre las cuestiones públicas, con el afán de construir una sociedad democrática y mejor.
g) Compromiso Social. Reconocimiento al compromiso social de jóvenes, grupos de
jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes dirigidos a incrementar el
bienestar social.
h) Respeto a la igualdad y a la diversidad sexual y/o de género. Reconocimiento a
jóvenes, grupos de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que
promuevan e impulsen la igualdad entre hombres y mujeres y/o el respeto a la diversidad
sexual y/o de género.
i) Desarrollo Sostenible. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes,
grupos de jóvenes y/o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes, capaces
de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de
las futuras generaciones, garantizando el equilibrio entre el crecimiento económico, el
bienestar social y el respeto y cuidado del medio ambiente.
j) Promoción de la Inclusión Sociolaboral de personas jóvenes con discapacidad.
Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos de jóvenes y/o proyectos
acometidos mayoritariamente por personas jóvenes que promocionen la inserción socio
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personas jóvenes y, en la modalidad de Empleabilidad Juvenil, a entidades, empresas,
organizaciones e instituciones, que destaquen en la consecución del objetivo previsto en
el resuelve primero de la presente convocatoria.
2. A los efectos de la presente resolución, con carácter general, se entiende por
jóvenes a las personas con edades comprendidas entre dieciocho y treinta y cinco años,
en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de las candidaturas, salvo
en la modalidad de «jóvenes revelación», en la que solo podrán participar jóvenes entre
catorce y diecisiete años en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de las
candidaturas.