Disposiciones generales. . (2023/94-7)
Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo, por el que se modifican el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, y la Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de garantías por la Junta de Andalucía a personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos con objeto de financiar la adquisición de su primera vivienda habitual, y por las que se efectúa convocatoria para que las entidades financieras que pretendan adherirse al programa como entidades colaboradoras, puedan presentar solicitud para la suscripción del convenio de colaboración.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8857/8
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico. Esta dotación tiene su origen en
una dotación específica de 20.000.000 euros dentro de la línea «Andalucía, Financiación
empresarial».
Se cumplen con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia que exigen el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta
de Andalucía.
Esta medida se adopta en cumplimiento de los compromisos adquiridos por este
Gobierno en el marco del Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía, firmado
el 13 de marzo de 2023.
En su virtud, y en uso de la facultad concedida por el artículo 110 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, a propuesta de la Consejera de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación
del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 16 de mayo de 2023,
DISPONGO
Artículo segundo. Modificación de la Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decretoley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros
del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero.
La Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de
medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER
Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, queda modificada como sigue:
Uno. El apartado b) del acuerdo primero, que establece la estructura inicial del Fondo
Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, queda
redactado del siguiente modo:
«b) Andalucía, financiación empresarial.
1.º Instrumento financiero Garantía vivienda joven.»
Dos. El apartado 2 del acuerdo segundo, que determina los fines específicos de cada
una de las líneas y sublíneas, queda redactado del siguiente modo:
«2. La línea “Andalucía, financiación empresarial” tendrá por objeto facilitar
financiación reembolsable y no reembolsable, mediante operaciones financieras de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283890
Artículo primero. Modificación del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que
se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria
para la reactivación económica en Andalucía.
Se modifica el apartado 1 de la disposición adicional decimosegunda del Decretoley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación
administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en
Andalucía, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Al amparo de lo establecido en el artículo 1.1 del Decreto-ley 1/2018, de 27
de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa
Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, según lo dispuesto
en el articulo 65, podrán ser destinatarias de operaciones financieras consistentes en
garantías de créditos hipotecarios concedidos por entidades financieras privadas que
operen en Andalucía las personas físicas mayores de edad que tengan hasta 35 años
incluidos, adquirentes de su primera vivienda, nueva o usada, que esté situada en un
municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se destine a su domicilio habitual.»
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8857/8
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico. Esta dotación tiene su origen en
una dotación específica de 20.000.000 euros dentro de la línea «Andalucía, Financiación
empresarial».
Se cumplen con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia que exigen el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta
de Andalucía.
Esta medida se adopta en cumplimiento de los compromisos adquiridos por este
Gobierno en el marco del Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía, firmado
el 13 de marzo de 2023.
En su virtud, y en uso de la facultad concedida por el artículo 110 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, a propuesta de la Consejera de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación
del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 16 de mayo de 2023,
DISPONGO
Artículo segundo. Modificación de la Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decretoley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros
del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero.
La Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de
medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER
Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, queda modificada como sigue:
Uno. El apartado b) del acuerdo primero, que establece la estructura inicial del Fondo
Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, queda
redactado del siguiente modo:
«b) Andalucía, financiación empresarial.
1.º Instrumento financiero Garantía vivienda joven.»
Dos. El apartado 2 del acuerdo segundo, que determina los fines específicos de cada
una de las líneas y sublíneas, queda redactado del siguiente modo:
«2. La línea “Andalucía, financiación empresarial” tendrá por objeto facilitar
financiación reembolsable y no reembolsable, mediante operaciones financieras de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283890
Artículo primero. Modificación del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que
se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria
para la reactivación económica en Andalucía.
Se modifica el apartado 1 de la disposición adicional decimosegunda del Decretoley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación
administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en
Andalucía, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Al amparo de lo establecido en el artículo 1.1 del Decreto-ley 1/2018, de 27
de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa
Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, según lo dispuesto
en el articulo 65, podrán ser destinatarias de operaciones financieras consistentes en
garantías de créditos hipotecarios concedidos por entidades financieras privadas que
operen en Andalucía las personas físicas mayores de edad que tengan hasta 35 años
incluidos, adquirentes de su primera vivienda, nueva o usada, que esté situada en un
municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se destine a su domicilio habitual.»