Disposiciones generales. . (2023/94-3)
Acuerdo de 16 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Plan Andaluz para la Prevención de los Efectos de las Temperaturas Excesivas sobre la Salud 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8854/9
PLAN ANDALUZ PARA LA PREVENCIÓN DE LOS EFECTOS
DE LAS TEMPERATURAS EXCESIVAS SOBRE LA SALUD 2023
OBJETIVOS DEL PLAN
Reducir el impacto sobre la salud de la población de las temperaturas de calor extremas.
1. Reducir el impacto sobre la salud asociado al incremento de la temperatura estival y
a posibles olas de calor, aunando las medidas necesarias por parte de las distintas
instituciones de la Administración Central, de la Junta de Andalucía y de la
Administración Local implicadas.
2. Establecer un sistema de coordinación e intercambio de la información entre las
instituciones implicadas
3. Centrar los esfuerzos preventivos en las poblaciones de riesgo de morbilidad y
mortalidad por causa de temperaturas elevadas, identificándolas y estableciendo
un seguimiento personalizado con los recursos ya existentes.
PERIODO DE ACTIVACIÓN DEL PLAN
Con carácter general el Plan se activa el 16 de mayo hasta el 30 de septiembre de
cada año.
Se introduce un criterio de flexibilidad que permita la activación fuera de este período,
mediante el seguimiento durante los quince días previos (1 al 15 de mayo) quince días
posteriores (1 al 15 octubre) al periodo de activación del Plan antes mencionado.
ELEMENTOS DEL PLAN
La estrategia del Plan está basada en las siguientes actividades:
1. Predicción de la ocurrencia de olas de calor a partir de la información facilitada por
la Agencia Estatal de Meteorología. Definición de los grupos de riesgo potenciales y
definición de alertas por exceso de temperatura.
2. Información anticipada a los Organismos implicados, profesionales sanitarios y de
los Servicios Sociales, y población general sobre el Plan, los efectos del calor
excesivo y las situaciones calificadas como alerta que se produzcan. Integrarlo en
un Plan de Comunicación.
3. Coordinación con las administraciones y entidades públicas y privadas competentes
en la identificación, seguimiento y atención de los grupos de riesgo establecidos.
Implantación de un Sistema de Información y Vigilancia.
4. Alerta en su caso de los dispositivos asistenciales, tanto de atención primaria como
hospitalaria.
00283883
5. Sistema de información sobre morbilidad atendida y mortalidad.
7
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8854/9
PLAN ANDALUZ PARA LA PREVENCIÓN DE LOS EFECTOS
DE LAS TEMPERATURAS EXCESIVAS SOBRE LA SALUD 2023
OBJETIVOS DEL PLAN
Reducir el impacto sobre la salud de la población de las temperaturas de calor extremas.
1. Reducir el impacto sobre la salud asociado al incremento de la temperatura estival y
a posibles olas de calor, aunando las medidas necesarias por parte de las distintas
instituciones de la Administración Central, de la Junta de Andalucía y de la
Administración Local implicadas.
2. Establecer un sistema de coordinación e intercambio de la información entre las
instituciones implicadas
3. Centrar los esfuerzos preventivos en las poblaciones de riesgo de morbilidad y
mortalidad por causa de temperaturas elevadas, identificándolas y estableciendo
un seguimiento personalizado con los recursos ya existentes.
PERIODO DE ACTIVACIÓN DEL PLAN
Con carácter general el Plan se activa el 16 de mayo hasta el 30 de septiembre de
cada año.
Se introduce un criterio de flexibilidad que permita la activación fuera de este período,
mediante el seguimiento durante los quince días previos (1 al 15 de mayo) quince días
posteriores (1 al 15 octubre) al periodo de activación del Plan antes mencionado.
ELEMENTOS DEL PLAN
La estrategia del Plan está basada en las siguientes actividades:
1. Predicción de la ocurrencia de olas de calor a partir de la información facilitada por
la Agencia Estatal de Meteorología. Definición de los grupos de riesgo potenciales y
definición de alertas por exceso de temperatura.
2. Información anticipada a los Organismos implicados, profesionales sanitarios y de
los Servicios Sociales, y población general sobre el Plan, los efectos del calor
excesivo y las situaciones calificadas como alerta que se produzcan. Integrarlo en
un Plan de Comunicación.
3. Coordinación con las administraciones y entidades públicas y privadas competentes
en la identificación, seguimiento y atención de los grupos de riesgo establecidos.
Implantación de un Sistema de Información y Vigilancia.
4. Alerta en su caso de los dispositivos asistenciales, tanto de atención primaria como
hospitalaria.
00283883
5. Sistema de información sobre morbilidad atendida y mortalidad.
7
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja