Disposiciones generales. . (2023/94-3)
Acuerdo de 16 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Plan Andaluz para la Prevención de los Efectos de las Temperaturas Excesivas sobre la Salud 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8854/29
PLAN ANDALUZ PARA LA PREVENCIÓN DE LOS EFECTOS
DE LAS TEMPERATURAS EXCESIVAS SOBRE LA SALUD 2023
Los centros docentes, como locales de pública concurrencia, se encuentran sometidos
a normas que pretenden salvaguardar la seguridad e integridad de las personas que
trabajan o estudian allí.
Pero en ocasiones es recomendable complementar dichas normas con protocolos que
prevean y anticipen pautas que proporcionen organización y unidad de acción frente a
las contingencias, conociendo las condiciones de los edificios e instalaciones de los que
disponen y planificando adecuadamente su Plan de Autoprotección.
La atención y protección del alumnado ante una situación excepcional de altas
temperaturas debe ser prioritaria. Por ello, resulta necesario ofrecer una adecuada
atención al profesorado, al personal de administración y servicios y al de las empresas
que desarrollan su trabajo en los centros docentes, si bien, la más vulnerable en estos
casos es la población escolar, considerándose especialmente grupos de riesgo los
formados por el alumnado menor de cinco años y el alumnado que presente alguna
enfermedad crónica o discapacidad.
En este sentido, y en el marco de la necesaria coordinación institucional y de servicios,
Andalucía cuenta con el Plan andaluz de prevención de las temperaturas excesivas
sobre la salud, en el que se incluye una línea de información sobre la predicción de las
temperaturas en cada provincia, según los valores aportados diariamente por la Agencia
Estatal de Meteorología (AEMET). Esta información resultará relevante a la hora de la
toma de decisiones sobre la activación del protocolo o de las medidas organizativas que
en cada caso procedan.
Los protocolos escolares deben ser instrumentos útiles para atender situaciones reales
que puedan producirse con cierta probabilidad. En este sentido, cada centro docente,
en función de sus experiencias, y considerando las evidencias y las probabilidades de
ocurrencia de los fenómenos meteorológicos y sus implicaciones, debe dotarse de
instrumentos de actuación que aseguren la previsión general de las actividades de
preparación y mitigación de los efectos de las adversidades climáticas, con objeto de
reducir los impactos de las mismas.
En este marco, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha
elaborado unas instrucciones que pretenden establecer, en el ámbito educativo, pautas
comunes de acción ante olas de calor y altas temperaturas excepcionales, recursos
formativos para los docentes y facilitar la actualización y adaptación de medidas de
actuación de los protocolos en los centros docentes, así como su integración en el Plan
de Autoprotección, en aplicación de lo dispuesto en la citada Orden de 16 de abril de
00283883
2008.
27
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8854/29
PLAN ANDALUZ PARA LA PREVENCIÓN DE LOS EFECTOS
DE LAS TEMPERATURAS EXCESIVAS SOBRE LA SALUD 2023
Los centros docentes, como locales de pública concurrencia, se encuentran sometidos
a normas que pretenden salvaguardar la seguridad e integridad de las personas que
trabajan o estudian allí.
Pero en ocasiones es recomendable complementar dichas normas con protocolos que
prevean y anticipen pautas que proporcionen organización y unidad de acción frente a
las contingencias, conociendo las condiciones de los edificios e instalaciones de los que
disponen y planificando adecuadamente su Plan de Autoprotección.
La atención y protección del alumnado ante una situación excepcional de altas
temperaturas debe ser prioritaria. Por ello, resulta necesario ofrecer una adecuada
atención al profesorado, al personal de administración y servicios y al de las empresas
que desarrollan su trabajo en los centros docentes, si bien, la más vulnerable en estos
casos es la población escolar, considerándose especialmente grupos de riesgo los
formados por el alumnado menor de cinco años y el alumnado que presente alguna
enfermedad crónica o discapacidad.
En este sentido, y en el marco de la necesaria coordinación institucional y de servicios,
Andalucía cuenta con el Plan andaluz de prevención de las temperaturas excesivas
sobre la salud, en el que se incluye una línea de información sobre la predicción de las
temperaturas en cada provincia, según los valores aportados diariamente por la Agencia
Estatal de Meteorología (AEMET). Esta información resultará relevante a la hora de la
toma de decisiones sobre la activación del protocolo o de las medidas organizativas que
en cada caso procedan.
Los protocolos escolares deben ser instrumentos útiles para atender situaciones reales
que puedan producirse con cierta probabilidad. En este sentido, cada centro docente,
en función de sus experiencias, y considerando las evidencias y las probabilidades de
ocurrencia de los fenómenos meteorológicos y sus implicaciones, debe dotarse de
instrumentos de actuación que aseguren la previsión general de las actividades de
preparación y mitigación de los efectos de las adversidades climáticas, con objeto de
reducir los impactos de las mismas.
En este marco, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha
elaborado unas instrucciones que pretenden establecer, en el ámbito educativo, pautas
comunes de acción ante olas de calor y altas temperaturas excepcionales, recursos
formativos para los docentes y facilitar la actualización y adaptación de medidas de
actuación de los protocolos en los centros docentes, así como su integración en el Plan
de Autoprotección, en aplicación de lo dispuesto en la citada Orden de 16 de abril de
00283883
2008.
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