3. Otras disposiciones. . (2023/93-39)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Huelva, por la que se declara la utilidad pública en concreto del proyecto de línea eléctrica asociada a una planta fotovoltaica. (PP. 1868/2023).
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023
página 8466/6
10. Con fecha 17 de octubre de 2022 don Jorge Silveira Moreno, formula alegaciones
en nombre y representación de la entidad Castelo & Romero, S.L., en las que pone
de manifiesto, en síntesis, su disconformidad con la vía expropiatoria ya que no ha
habido un intento real de negociación o diálogo por parte de la beneficiaria; propone el
estudio de otras alternativas de trazado que resulten menos gravosas para el alegante;
y que los criterios de valoración propuestos distan mucho del valor de la merma que las
servidumbres y ocupaciones harán perder a la finca.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria ésta remite
contestación en fecha 10 de noviembre de 2022, en la que manifiesta que se ha intentado
de forma reiterada sin éxito por parte de la beneficiaria alcanzar un acuerdo previo con
el representante de la entidad alegante. En cuanto al trazado elegido para la línea de
evacuación es consecuencia de un análisis exhaustivo, técnico y medioambiental,
resultando ésta la solución óptima entre las distintas alternativas que fueron planteadas
por La Roda y la que finalmente autorizó la Administración, no obstante, dicha entidad
está en disposición de estudiar posibles opciones que permitan conciliar los intereses
del alegante con el trazado de la línea proyectada. En cuanto a los criterios de cálculo de
las propuestas económicas efectuadas a los afectados en el proyectos Redondela han
sido las mismas en todos los casos, conforme lo expresado en el artículo 156 del Real
Decreto 1955/2000.
Séptimo. Con fecha 31 de marzo de 2023, el Servicio de Energía de esta Delegación
Territorial informa favorablemente la declaración en concreto de la utilidad pública del
expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El artículo 4.3 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía dispone que al objeto de
garantizar el uso de las energías renovables para la obtención de energía final, se declara
de utilidad pública o de interés social, a efectos de expropiación forzosa y de imposición y
ejercicio de servidumbres, el aprovechamiento de los bienes y derechos necesarios para
su generación, transporte, distribución y aprovechamiento.
Tercero. El expediente ha sido tramitado de acuerdo con lo establecido en los artículos
54 a 58 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, los artículos 140 a
162 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283497
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para resolver el presente
expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por
Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía, modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto 163/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política
Industrial y Energía, y todo ello en consonancia con lo establecido en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica y la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de
Energía por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales competentes en materia de energía.
BOJA
Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023
página 8466/6
10. Con fecha 17 de octubre de 2022 don Jorge Silveira Moreno, formula alegaciones
en nombre y representación de la entidad Castelo & Romero, S.L., en las que pone
de manifiesto, en síntesis, su disconformidad con la vía expropiatoria ya que no ha
habido un intento real de negociación o diálogo por parte de la beneficiaria; propone el
estudio de otras alternativas de trazado que resulten menos gravosas para el alegante;
y que los criterios de valoración propuestos distan mucho del valor de la merma que las
servidumbres y ocupaciones harán perder a la finca.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria ésta remite
contestación en fecha 10 de noviembre de 2022, en la que manifiesta que se ha intentado
de forma reiterada sin éxito por parte de la beneficiaria alcanzar un acuerdo previo con
el representante de la entidad alegante. En cuanto al trazado elegido para la línea de
evacuación es consecuencia de un análisis exhaustivo, técnico y medioambiental,
resultando ésta la solución óptima entre las distintas alternativas que fueron planteadas
por La Roda y la que finalmente autorizó la Administración, no obstante, dicha entidad
está en disposición de estudiar posibles opciones que permitan conciliar los intereses
del alegante con el trazado de la línea proyectada. En cuanto a los criterios de cálculo de
las propuestas económicas efectuadas a los afectados en el proyectos Redondela han
sido las mismas en todos los casos, conforme lo expresado en el artículo 156 del Real
Decreto 1955/2000.
Séptimo. Con fecha 31 de marzo de 2023, el Servicio de Energía de esta Delegación
Territorial informa favorablemente la declaración en concreto de la utilidad pública del
expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El artículo 4.3 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía dispone que al objeto de
garantizar el uso de las energías renovables para la obtención de energía final, se declara
de utilidad pública o de interés social, a efectos de expropiación forzosa y de imposición y
ejercicio de servidumbres, el aprovechamiento de los bienes y derechos necesarios para
su generación, transporte, distribución y aprovechamiento.
Tercero. El expediente ha sido tramitado de acuerdo con lo establecido en los artículos
54 a 58 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, los artículos 140 a
162 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283497
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para resolver el presente
expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por
Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía, modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto 163/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política
Industrial y Energía, y todo ello en consonancia con lo establecido en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica y la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de
Energía por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales competentes en materia de energía.