Disposiciones generales. . (2023/90-4)
Decreto 103/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023

página 8469/22

ANEXO
COMPETENCIAS CLAVE Y PERFIL COMPETENCIAL AL TÉRMINO DE LA ETAPA
DE BACHILLERATO
Con carácter general, debe entenderse que la consecución de las competencias
y objetivos previstos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para
las distintas etapas educativas está vinculada a la adquisición y desarrollo de las
competencias clave recogidas tanto en el Perfil de salida al término de la enseñanza
básica como en el Perfil competencial al término de Bachillerato, y que son las siguientes:
- Competencia en comunicación lingüística.
- Competencia plurilingüe.
- Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
- Competencia digital.
- Competencia personal, social y de aprender a aprender.
- Competencia ciudadana.
- Competencia emprendedora.
- Competencia en conciencia y expresión culturales.
La transversalidad es una condición inherente al Perfil competencial, en el sentido
de que todos los aprendizajes contribuyen a su consecución. De la misma manera, la
adquisición de cada una de las competencias clave contribuye a la adquisición de todas
las demás. No existe jerarquía entre ellas, ni puede establecerse una correspondencia
exclusiva con una única materia, sino que todas se concretan en los aprendizajes de las
distintas materias y, a su vez, se adquieren y desarrollan a partir de los aprendizajes que
se producen en el conjunto de las mismas.
Descriptores operativos de las competencias clave en la etapa de Bachillerato
En cuanto a la dimensión aplicada de las competencias clave, se ha definido para
cada una de ellas un conjunto de descriptores operativos, partiendo de los diferentes
marcos europeos de referencia existentes.
Los descriptores operativos de las competencias clave constituyen, junto con los
objetivos de la etapa, el marco referencial a partir del cual se concretan las competencias
específicas de cada materia. Esta vinculación entre descriptores operativos y
competencias específicas propicia que de la evaluación de estas últimas pueda colegirse
el grado de adquisición de las competencias clave definidas en el Perfil competencial y,
por tanto, la consecución de las competencias y objetivos previstos para la etapa.
Dado que las competencias se adquieren necesariamente de forma secuencial y
progresiva, se incluyen en el Perfil competencial los descriptores operativos que orientan
sobre el nivel de desempeño esperado al completar el segundo curso de la etapa, y que
suponen una profundización sobre los niveles de desempeño definidos en el Perfil de
salida de la Enseñanza Básica incluidos también en este Anexo, posibilitando así una
visión clara del progreso esperado.

Teniendo en cuenta lo regulado en el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el
que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato y de acuerdo
con lo establecido en el artículo 5 del presente decreto, se definen cada una de las
competencias clave y se enuncian los descriptores operativos del nivel de adquisición
esperado al término de la etapa, constituyéndose así el Perfil competencial del alumnado
al término de la misma. Para favorecer y explicitar la continuidad, la coherencia y la
cohesión entre etapas, se incluyen también los descriptores operativos previstos para la
Enseñanza Básica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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PERFIL COMPETENCIAL DE LA ETAPA DE BACHILLERATO