Disposiciones generales. . (2023/90-1)
Decreto 100/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023
página 8467/6
c) En los dos ciclos de esta etapa, se atenderá progresivamente al desarrollo
afectivo, a la gestión emocional, al movimiento y los hábitos de control corporal, a
las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje y a las pautas elementales de
convivencia y relación social, así como al descubrimiento del entorno, de los seres vivos
que en él conviven y de las características físicas y sociales del medio en el que viven.
Asimismo, se incluirán la educación para el consumo responsable y sostenible y la
promoción y la educación para la salud. También se incluirá la educación en valores.
d) El patrimonio cultural y natural de nuestra comunidad, su historia, sus paisajes, su
folclore, las distintas variedades de la modalidad lingüística andaluza, la diversidad de
sus manifestaciones artísticas como el flamenco, la música, la literatura o la pintura, entre
ellas, tanto tradicionales como actuales, así como las contribuciones de su ciudadanía a
la construcción del acervo cultural andaluz, formarán parte del currículo.
e) Se favorecerá una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como
experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías
de la información y la comunicación, en la expresión visual y musical. Se fomentará el
desarrollo de todos los lenguajes y modos de percepción específicos de estas edades
para desarrollar el conjunto de sus potencialidades.
f) Los centros podrán fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en
los aprendizajes del segundo ciclo de la etapa, especialmente en el último año.
g) Atendiendo a lo recogido en el Capítulo I del Título II de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se favorecerá la
resolución pacífica de conflictos y modelos de convivencia basados en la diversidad, la
tolerancia y el respeto a la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres.
Artículo 8. Ordenación.
1. La etapa de Educación Infantil se organiza en áreas correspondientes a ámbitos
propios de la experiencia y del desarrollo infantil que se abordarán por medio de
propuestas globalizadas de aprendizaje que tengan interés y significado para el alumnado.
2. Las áreas de la etapa son las siguientes: Crecimiento en Armonía, Descubrimiento
y Exploración del Entorno y Comunicación y Representación de la Realidad.
3. Estas áreas deben entenderse como ámbitos de experiencia intrínsecamente
relacionados entre sí, por lo que se requerirá un planteamiento educativo que promueva
la configuración de situaciones de aprendizaje globales, significativas y estimulantes que
ayuden a establecer relaciones entre todos los elementos que las conforman.
4. El tratamiento de las áreas se ajustará a las características personales y sociales
del alumnado en cada uno de los ciclos. La necesaria vinculación entre los saberes
básicos y la vida de los mismos se garantizará dotando de intencionalidad educativa a
todo lo que acontece en la vida cotidiana del centro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283496
Artículo 7. Situaciones de aprendizaje y orientaciones metodológicas para su diseño.
1. Las situaciones de aprendizaje implican la realización de un conjunto de actividades
articuladas que los responsables de la impartición de las distintas áreas llevarán a cabo
para lograr que el alumnado desarrolle las competencias específicas en un contexto
determinado.
2. La metodología tendrá un carácter fundamentalmente activo, motivador y
participativo, partirá de los intereses del alumnado, favorecerá el trabajo individual,
cooperativo y el aprendizaje entre iguales mediante la utilización de enfoques orientados
desde una perspectiva de género, al respeto a las diferencias individuales, a la inclusión
y al trato no discriminatorio, e integrará en todas las áreas referencias a la vida cotidiana
y al entorno inmediato.
3. En el planteamiento de las distintas situaciones de aprendizaje se garantizará
el funcionamiento coordinado de los equipos docentes, con objeto de proporcionar un
enfoque interdisciplinar, integrador y holístico al proceso educativo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023
página 8467/6
c) En los dos ciclos de esta etapa, se atenderá progresivamente al desarrollo
afectivo, a la gestión emocional, al movimiento y los hábitos de control corporal, a
las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje y a las pautas elementales de
convivencia y relación social, así como al descubrimiento del entorno, de los seres vivos
que en él conviven y de las características físicas y sociales del medio en el que viven.
Asimismo, se incluirán la educación para el consumo responsable y sostenible y la
promoción y la educación para la salud. También se incluirá la educación en valores.
d) El patrimonio cultural y natural de nuestra comunidad, su historia, sus paisajes, su
folclore, las distintas variedades de la modalidad lingüística andaluza, la diversidad de
sus manifestaciones artísticas como el flamenco, la música, la literatura o la pintura, entre
ellas, tanto tradicionales como actuales, así como las contribuciones de su ciudadanía a
la construcción del acervo cultural andaluz, formarán parte del currículo.
e) Se favorecerá una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como
experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías
de la información y la comunicación, en la expresión visual y musical. Se fomentará el
desarrollo de todos los lenguajes y modos de percepción específicos de estas edades
para desarrollar el conjunto de sus potencialidades.
f) Los centros podrán fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en
los aprendizajes del segundo ciclo de la etapa, especialmente en el último año.
g) Atendiendo a lo recogido en el Capítulo I del Título II de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se favorecerá la
resolución pacífica de conflictos y modelos de convivencia basados en la diversidad, la
tolerancia y el respeto a la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres.
Artículo 8. Ordenación.
1. La etapa de Educación Infantil se organiza en áreas correspondientes a ámbitos
propios de la experiencia y del desarrollo infantil que se abordarán por medio de
propuestas globalizadas de aprendizaje que tengan interés y significado para el alumnado.
2. Las áreas de la etapa son las siguientes: Crecimiento en Armonía, Descubrimiento
y Exploración del Entorno y Comunicación y Representación de la Realidad.
3. Estas áreas deben entenderse como ámbitos de experiencia intrínsecamente
relacionados entre sí, por lo que se requerirá un planteamiento educativo que promueva
la configuración de situaciones de aprendizaje globales, significativas y estimulantes que
ayuden a establecer relaciones entre todos los elementos que las conforman.
4. El tratamiento de las áreas se ajustará a las características personales y sociales
del alumnado en cada uno de los ciclos. La necesaria vinculación entre los saberes
básicos y la vida de los mismos se garantizará dotando de intencionalidad educativa a
todo lo que acontece en la vida cotidiana del centro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283496
Artículo 7. Situaciones de aprendizaje y orientaciones metodológicas para su diseño.
1. Las situaciones de aprendizaje implican la realización de un conjunto de actividades
articuladas que los responsables de la impartición de las distintas áreas llevarán a cabo
para lograr que el alumnado desarrolle las competencias específicas en un contexto
determinado.
2. La metodología tendrá un carácter fundamentalmente activo, motivador y
participativo, partirá de los intereses del alumnado, favorecerá el trabajo individual,
cooperativo y el aprendizaje entre iguales mediante la utilización de enfoques orientados
desde una perspectiva de género, al respeto a las diferencias individuales, a la inclusión
y al trato no discriminatorio, e integrará en todas las áreas referencias a la vida cotidiana
y al entorno inmediato.
3. En el planteamiento de las distintas situaciones de aprendizaje se garantizará
el funcionamiento coordinado de los equipos docentes, con objeto de proporcionar un
enfoque interdisciplinar, integrador y holístico al proceso educativo.