Disposiciones generales. . (2023/90-1)
Decreto 100/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023
página 8467/5
Con este mismo objetivo, las medidas organizativas, metodológicas y curriculares que se
adopten se regirán por los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).
f) Conciliación familiar y colaboración. La etapa facilitará la conciliación entre
la vida familiar y laboral de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal
del alumnado. Además, esta etapa educativa se basa en la colaboración mutua de las
familias y los centros así como su personal. Esta conciliación nunca podrá suponer un
perjuicio para los derechos del alumnado.
g) Cooperación. Para su implementación y desarrollo, se fomentará la cooperación
de las Corporaciones locales y otras entidades con la Administración educativa.
CAPÍTULO II
Ordenación de la etapa
Artículo 6. Principios pedagógicos.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 95/2022, de 1 de
febrero, el currículo de la etapa de Educación Infantil responderá a los siguientes
principios:
a) La práctica educativa en esta etapa estará orientada a asentar progresivamente las
bases que faciliten el máximo desarrollo de cada niño y niña. Además, se favorecerá que
adquieran autonomía personal y elaboren una imagen positiva de sí mismos, equilibrada
e igualitaria y libre de estereotipos discriminatorios.
b) Dicha práctica se basará en experiencias de aprendizaje significativas y
emocionalmente positivas, así como en la experimentación y el juego. Además, deberá
llevarse a cabo en un ambiente de afecto y confianza para potenciar su autoestima e
integración social y el establecimiento de un apego seguro. Así mismo, se velará por
garantizar, desde el primer contacto, una transición positiva desde el entorno familiar al
escolar, así como la continuidad entre ciclos y entre etapas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283496
Artículo 5. Objetivos de la etapa.
La etapa de Educación Infantil contribuirá a desarrollar en el alumnado las
capacidades que le permitan:
a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, así como sus posibilidades de acción y
aprender a respetar las diferencias.
b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social, y participar en algunas
manifestaciones culturales y artísticas de su entorno, teniendo en cuenta su diversidad,
así como el desarrollo de actitudes de interés, aprecio y respeto hacia la cultura andaluza,
la pluralidad cultural y el entorno natural andaluz.
c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales, favoreciendo
la adquisición de hábitos de vida saludable, y desarrollar valores relacionados con la
conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.
d) Desarrollar sus capacidades emocionales y afectivas.
e) Relacionarse con los demás en igualdad y adquirir progresivamente pautas
elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en el uso de la empatía
y la resolución pacífica de conflictos, evitando cualquier tipo de violencia.
f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de
expresión, y conocer el patrimonio lingüístico, social y cultural andaluz, asegurando la
accesibilidad comunicativa.
g) Iniciarse en el movimiento, el gesto y el ritmo y en las habilidades lógicomatemáticas, en la lectura y en la escritura.
h) Promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que fomentan la igualdad entre
hombres y mujeres, favoreciendo el logro de una sociedad libre e igualitaria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023
página 8467/5
Con este mismo objetivo, las medidas organizativas, metodológicas y curriculares que se
adopten se regirán por los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).
f) Conciliación familiar y colaboración. La etapa facilitará la conciliación entre
la vida familiar y laboral de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal
del alumnado. Además, esta etapa educativa se basa en la colaboración mutua de las
familias y los centros así como su personal. Esta conciliación nunca podrá suponer un
perjuicio para los derechos del alumnado.
g) Cooperación. Para su implementación y desarrollo, se fomentará la cooperación
de las Corporaciones locales y otras entidades con la Administración educativa.
CAPÍTULO II
Ordenación de la etapa
Artículo 6. Principios pedagógicos.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 95/2022, de 1 de
febrero, el currículo de la etapa de Educación Infantil responderá a los siguientes
principios:
a) La práctica educativa en esta etapa estará orientada a asentar progresivamente las
bases que faciliten el máximo desarrollo de cada niño y niña. Además, se favorecerá que
adquieran autonomía personal y elaboren una imagen positiva de sí mismos, equilibrada
e igualitaria y libre de estereotipos discriminatorios.
b) Dicha práctica se basará en experiencias de aprendizaje significativas y
emocionalmente positivas, así como en la experimentación y el juego. Además, deberá
llevarse a cabo en un ambiente de afecto y confianza para potenciar su autoestima e
integración social y el establecimiento de un apego seguro. Así mismo, se velará por
garantizar, desde el primer contacto, una transición positiva desde el entorno familiar al
escolar, así como la continuidad entre ciclos y entre etapas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283496
Artículo 5. Objetivos de la etapa.
La etapa de Educación Infantil contribuirá a desarrollar en el alumnado las
capacidades que le permitan:
a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, así como sus posibilidades de acción y
aprender a respetar las diferencias.
b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social, y participar en algunas
manifestaciones culturales y artísticas de su entorno, teniendo en cuenta su diversidad,
así como el desarrollo de actitudes de interés, aprecio y respeto hacia la cultura andaluza,
la pluralidad cultural y el entorno natural andaluz.
c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales, favoreciendo
la adquisición de hábitos de vida saludable, y desarrollar valores relacionados con la
conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.
d) Desarrollar sus capacidades emocionales y afectivas.
e) Relacionarse con los demás en igualdad y adquirir progresivamente pautas
elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en el uso de la empatía
y la resolución pacífica de conflictos, evitando cualquier tipo de violencia.
f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de
expresión, y conocer el patrimonio lingüístico, social y cultural andaluz, asegurando la
accesibilidad comunicativa.
g) Iniciarse en el movimiento, el gesto y el ritmo y en las habilidades lógicomatemáticas, en la lectura y en la escritura.
h) Promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que fomentan la igualdad entre
hombres y mujeres, favoreciendo el logro de una sociedad libre e igualitaria.