Disposiciones generales. . (2023/90-1)
Decreto 100/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023

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en competencias incluye, además del «saber», el «saber hacer» y el «saber ser y estar».
Se trata de formar una ciudadanía competente a través de una educación que tenga en
cuenta las competencias clave que demanda la construcción de una sociedad igualitaria,
plural, dinámica y emprendedora, democrática y solidaria.
El presente decreto se ha elaborado atendiendo a los principios de buena regulación
contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas: principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que
persigue un interés general al proporcionar a la ciudadanía un marco normativo de las
enseñanzas básicas adecuado al nuevo ordenamiento educativo vigente y dotar así
de seguridad jurídica en este ámbito a los centros docentes que imparten las mismas.
Asimismo, el presente decreto cumple estrictamente el mandato establecido en dicha
ley, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos o que
imponga menos obligaciones a las personas destinatarias, resultando coherente con el
ordenamiento jurídico y permitiendo una gestión más eficiente de los recursos públicos,
por lo que quedan justificados los objetivos que persigue la citada ley. Además, en el
procedimiento de elaboración de este decreto se ha permitido y facilitado la participación y
las aportaciones de las personas potenciales destinatarias a través de los procedimientos
de audiencia e información pública regulados en el artículo 133 de la citada Ley 39/2015,
de 1 de octubre. Asimismo, se ha tenido en cuenta en la elaboración de esta norma lo
dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta
de Andalucía. Por ello, contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad
a cubrir con la norma y se dicta en coherencia con el ordenamiento jurídico autonómico.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, conforme a los artículos 21.3 y 27.8 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el Consejo
Consultivo de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 9 de mayo de 2023,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones de carácter general

Artículo 2. La etapa de Educación Infantil en el marco del Sistema Educativo.
1. La enseñanza de Educación Infantil constituye la etapa educativa con identidad
propia que atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad.
2. Esta etapa se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el
segundo, desde los tres a los seis años de edad.
3. La etapa tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral y armónico del
alumnado en todas sus dimensiones: física, emocional, afectiva, social, sensorial,
comunicativa, cognitiva y artística, potenciando la autonomía personal y la creación
progresiva de una imagen positiva y equilibrada de sí mismo, así como a la educación en
valores cívicos para la convivencia democrática.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00283496

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente decreto tiene por objeto establecer la ordenación general y el currículo
correspondiente a la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
2. Este decreto se aplicará en todos los centros educativos de la Comunidad
Autónoma que impartan estas enseñanzas.