3. Otras disposiciones. . (2023/89-56)
Resolución Rectoral de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento de Enseñanzas de Formación Permanente de la Universidad de Huelva, aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de abril de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Viernes, 12 de mayo de 2023

página 8354/4

2. Las Enseñanzas de Formación Permanente deberán tener alguno de los siguientes
objetivos:
a) Promover proyectos formativos que correspondan a claras demandas profesionales,
científicas, técnicas, sociales, artísticas o humanísticas del mercado de trabajo.
b) Completar y actualizar la formación académica de los titulados superiores,
principalmente de la Universidad de Huelva, ofreciéndoles la posibilidad de ampliar sus
conocimientos y competencias a lo largo de la vida.
c) Promover nuevos ámbitos de enseñanza con posibilidades de aplicación profesional.
d) Impulsar el desarrollo formativo para mejorar en la carrera profesional, la
empleabilidad, la competitividad y la productividad.
e) Fortalecer la formación de los ciudadanos y ciudadanas a lo largo de la vida,
actualizando y ampliando sus conocimientos, sus capacidades y sus habilidades.
Artículo 4. Clasificación de las Enseñanzas de Formación Permanente.
Atendiendo a los requisitos de acceso del estudiantado y a la carga crediticia de las
mismas, las Enseñanzas de Formación Permanente se clasifican del siguiente modo:
1. Títulos Propios de Formación Permanente de Posgrado, para cuyo acceso se
requiere titulación universitaria. Se ofertan bajo los siguientes formatos:
a) Máster de Formación Permanente.
b) Diploma de Especialización.
c) Diploma de Experto.
2. Títulos Propios de Formación Permanente sin titulación universitaria previa, para
cuyo acceso no se requiere titulación universitaria.
3. Actividades Formativas Específicas, para cuyo acceso se puede requerir o no
titulación universitaria previa y que son de corta duración. Se ofertarán bajo los siguientes
formatos:
a) Microcredenciales.
b) Cursos de verano.

Artículo 6. Sistema de créditos.
1. El crédito europeo ECTS será la unidad de medida que determine la duración de
los programas de Formación Permanente de la Universidad de Huelva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283387

Artículo 5. Modalidades de impartición de las Enseñanzas de Formación Permanente.
1. Las Enseñanzas de Formación Permanente de la Universidad de Huelva podrán
diseñarse e impartirse bajo alguna de las siguientes modalidades: enseñanza presencial,
enseñanza híbrida y enseñanza virtual u on line.
2. La enseñanza presencial es aquella en la que el conjunto de la actividad lectiva se
desarrolla enteramente de forma presencial, interactuando el profesorado y el estudiantado
en el mismo espacio físico.
3. La enseñanza híbrida supone que la actividad lectiva comprende materias en
modalidad presencial y materias en modalidad virtual, siempre manteniendo la unidad
del proyecto formativo y la coherencia en los aspectos académicos más relevantes.
La proporción de créditos no presenciales para que un programa formativo tenga la
consideración de híbrido será la situada en un intervalo entre el 40 y el 60 por ciento de
la carga crediticia total.
4. La enseñanza virtual u on line es aquella en la que la actividad lectiva se articula
a través de la interacción académica entre el profesorado y el estudiantado sin que
se requiera la presencia física de ambos en el mismo espacio y se basa en el uso de
tecnologías digitales de la información y la comunicación. Se entenderá que el programa
formativo se imparte en modalidad virtual cuando toda la carga crediticia se imparta de
este modo.