Autoridades y personal. . (2023/89-43)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la plantilla de personal laboral de esta universidad, en categorías profesionales correspondientes a los Grupos I, II, III y IV.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Viernes, 12 de mayo de 2023
página 8357/8
Todas las referencias normativas contenidas en el Anexo III de la presente
convocatoria, se entenderán referidas a aquellas que se encuentren vigentes en el último
día del plazo de presentación de solicitudes.
6.2. Llamamiento único. Las personas aspirantes serán convocadas en único
llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3. Orden de actuación. El orden de actuación de las personas aspirantes, cuando
se requiera una actuación individualizada, se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo
primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente
convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado
para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente
Resolución emitida por dicho Órgano.
6.4. Acreditación de la identidad. En cualquier momento las personas aspirantes podrán
ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la
totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del
interesado/a, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector de la Universidad, comunicándole
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por dicha persona en su solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8. Presentación de documentos y formalización de contrato.
8.1. Documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el día siguiente a aquél en que se hiciera pública, mediante resolución del Tribunal
Calificador, la relación de aspirantes que hubieran superado el respectivo proceso
selectivo, las personas interesadas deberán acreditar ante el Servicio de Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, los originales de aquellos
documentos que justifiquen los méritos valorados, así como las condiciones y los
requisitos exigidos en la convocatoria.
A estos efectos, deberán aportar los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor.
b) Original y copia del Título académico que le habilite para el acceso a las plazas
convocadas.
c) Original de aquellos documentos que justifiquen los méritos valorados en la fase de
concurso, salvo que dicha documentación obre ya en poder de la Universidad de Málaga,
y así se haya hecho constar en el formulario de presentación de méritos.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas según el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283390
7. Calificación final y lista de aprobados.
7.1. Publicación de la relación de aspirantes que superan el proceso selectivo.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal correspondiente hará pública en la página
web de la Universidad, la relación de personas aspirantes, por orden de puntuación final
alcanzada y por orden alfabético, que han superado cada proceso selectivo.
7.2. Calificación final. La calificación final de cada proceso selectivo, a efectos de
declaración de dicha relación, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.
7.3. Empates. En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición; en el supuesto de que persistiera el mismo,
a la puntuación obtenida en la de concurso y, en último lugar, atendiendo al criterio de
preferencia de la mayor edad.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Viernes, 12 de mayo de 2023
página 8357/8
Todas las referencias normativas contenidas en el Anexo III de la presente
convocatoria, se entenderán referidas a aquellas que se encuentren vigentes en el último
día del plazo de presentación de solicitudes.
6.2. Llamamiento único. Las personas aspirantes serán convocadas en único
llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3. Orden de actuación. El orden de actuación de las personas aspirantes, cuando
se requiera una actuación individualizada, se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo
primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente
convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado
para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente
Resolución emitida por dicho Órgano.
6.4. Acreditación de la identidad. En cualquier momento las personas aspirantes podrán
ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la
totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del
interesado/a, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector de la Universidad, comunicándole
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por dicha persona en su solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8. Presentación de documentos y formalización de contrato.
8.1. Documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el día siguiente a aquél en que se hiciera pública, mediante resolución del Tribunal
Calificador, la relación de aspirantes que hubieran superado el respectivo proceso
selectivo, las personas interesadas deberán acreditar ante el Servicio de Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, los originales de aquellos
documentos que justifiquen los méritos valorados, así como las condiciones y los
requisitos exigidos en la convocatoria.
A estos efectos, deberán aportar los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor.
b) Original y copia del Título académico que le habilite para el acceso a las plazas
convocadas.
c) Original de aquellos documentos que justifiquen los méritos valorados en la fase de
concurso, salvo que dicha documentación obre ya en poder de la Universidad de Málaga,
y así se haya hecho constar en el formulario de presentación de méritos.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas según el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283390
7. Calificación final y lista de aprobados.
7.1. Publicación de la relación de aspirantes que superan el proceso selectivo.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal correspondiente hará pública en la página
web de la Universidad, la relación de personas aspirantes, por orden de puntuación final
alcanzada y por orden alfabético, que han superado cada proceso selectivo.
7.2. Calificación final. La calificación final de cada proceso selectivo, a efectos de
declaración de dicha relación, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.
7.3. Empates. En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición; en el supuesto de que persistiera el mismo,
a la puntuación obtenida en la de concurso y, en último lugar, atendiendo al criterio de
preferencia de la mayor edad.