3. Otras disposiciones. . (2023/84-81)
Orden de 28 de abril de 2023, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023

página 7851/14

i) Ser el depositario o depositaria de los libros de cheques o talones de las cuentas
bancarias.
Artículo 16. La Secretaría.
Corresponde al Secretario o Secretaria:
a) Organizar, atendiendo a los criterios de la Junta de Gobierno y la Comisión
Permanente, la Secretaría del Colegio.
b) Resolver provisionalmente acerca de la admisión de las nuevas personas
colegiadas, de conformidad con lo dispuesto en este Estatuto.
c) Recibir y tramitar todas las solicitudes y comunicaciones que se dirijan al Colegio y
a sus diferentes Órganos, dando cuenta de ellas a quien corresponda.
d) Librar las certificaciones que se soliciten y deban ser expedidas en un plazo
máximo de diez días hábiles, y llevar el libro registro de personas colegiadas.
e) Formular anualmente las listas de colegiados y colegiadas en sus distintas
versiones. Estas listas deberán estar dispuestas anualmente en los plazos establecidos
en este Estatuto a efectos de elecciones.
f) Hacer las notificaciones de altas y bajas colegiales.
g) Llevar los libros de actas de las Asambleas Generales, Juntas de Gobierno y de la
Comisión Permanente y trasladar los acuerdos llevando el seguimiento de los mismos.
h) Proponer a la Junta de Gobierno la Memoria Anual de Gestión que ésta habrá de
someter a la deliberación de la Asamblea General Ordinaria del segundo trimestre. Este
documento tendrá como contenido mínimo el recogido en el artículo 18.
i) Custodiar los sellos y archivos de documentos colegiales.
j) Dirigir los servicios de las oficinas del Colegio.
k) Sustituir al Decano o Decana en caso de su ausencia o imposibilidad.

Artículo 18. La Memoria Anual de Gestión.
1. El Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz está sujeto al principio de transparencia
en su gestión. La Memoria Anual contendrá, al menos, la siguiente información:
a) Informe anual de gestión económica, incluyendo los gastos de personal
suficientemente desglosados y especificando las retribuciones de los integrantes de la
Junta de Gobierno en razón de su cargo, así como las retribuciones de todo colegiado o
colegiada que haya participado en Órganos y Comisiones colegiales.
b) Importe de las tarifas públicas aplicables, desglosadas por concepto y por el tipo
de servicio prestado, así como las normas para su cálculo y aplicación.
c) Información relativa a los procedimientos informativos y sancionadores en fase de
instrucción o que hayan alcanzado firmeza, con indicación de la infracción a la que se
refieren, de su tramitación y de la sanción impuesta en su caso, de acuerdo, en todo
caso, con la legislación en materia de protección de datos de carácter personal.
d) Información relativa a quejas y reclamaciones presentadas por las personas
consumidoras o usuarias o sus organizaciones representativas, así como sobre su
tramitación y, en su caso, de los motivos de estimación o desestimación de la queja o
reclamación, de acuerdo, en todo caso, con la legislación en materia de protección de
datos de carácter personal.
e) Los cambios en el contenido del Código Deontológico, en caso de disponer de él.
f) Las Normas sobre incompatibilidades y las situaciones de conflicto de intereses en
que se encuentren los miembros de la Junta de Gobierno y Órganos colegiales.
g) Información estadística sobre la actividad de visado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282885

Artículo 17. La Vocalía.
Las funciones del o de la Vocal, se corresponderán con aquellas que les sean
asignadas por la Junta de Gobierno a la que pertenezca en cada momento por cuestiones
organizativas y de gestión.