Disposiciones generales. . (2023/84-5)
Acuerdo de 2 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia frente al Desafío Demográfico en Andalucía.
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Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023

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Andalucía es considerada como un sitio ideal para vivir, si bien el reto que tenemos
que abordar ahora es conseguir que también sea el mejor sitio para trabajar y emprender.
Por lo tanto, una futura estrategia de acción en Andalucía debe implicar a toda la
sociedad y prestar la debida consideración al papel de los entes locales en los desafíos
que conlleva el cambio demográfico, promover el intercambio entre ellos de las mejores
prácticas y favorecer los enfoques centrados en la prevención e intervención temprana.
Esta debe proyectar una visión integral, alineada con los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de la Agenda 2030, que implica políticas tan variadas como las de vivienda,
empleo, educación, socio-sanitarias, salud, migración, prestaciones sociales, ayudas, o
apoyo al desarrollo de capacidades, así como una doble dimensión urbana y rural, y la
necesaria cooperación de todos los sectores, y especialmente el local.
La Estrategia tiene la vocación de superar el horizonte de las tradicionales visiones
del desarrollo rural, centradas en el segundo pilar de la Política Agraria Común, valorada
muy positivamente, asumiendo que el objetivo de la cohesión de las zonas rurales supone
interacciones con actividades y sectores diversos, que junto con el agrario y el forestal,
sirvan para impulsar el desarrollo de los municipios, en alineación con los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS), y con la finalidad primordial de procurar servicios públicos
básicos adaptados a las necesidades de la población, posibilitando la igualdad de
oportunidades efectiva para sus habitantes, y la cohesión económica y social del medio
rural.
Es preciso contar con una estrategia global que aúne los esfuerzos de toda la política
pública de la Junta de Andalucía: salud, políticas sociales, empleo, vivienda, transporte,
innovación, tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), desarrollo rural o
emigración, entre otras.
Por lo que respecta al marco competencial, si bien no hay un específico título
competencial, atendiendo a su carácter transversal, son múltiples los que habilitan la
adopción del presente Acuerdo de Gobierno.
En concreto y partiendo del mandato que el Estatuto de Autonomía dirige a los
poderes públicos autonómicos para promover las condiciones para que la libertad y la
igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, y para
propiciar la efectiva igualdad del hombre y de la mujer, cabe referir a las competencias en
materia de organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno;
de régimen local, de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; carreteras y caminos
cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la región; el transporte
terrestre; agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias; desarrollo rural, montes,
aprovechamientos y servicios forestales; planificación de la actividad económica y
fomento del desarrollo económico; artesanía; fomento de la cultura y de la investigación;
turismo; promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio; asistencia social y
servicios sociales; salud; industria; instalaciones de producción, distribución y transporte
de energía; sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud;
protección del medio ambiente y de los ecosistemas; y finalmente, medidas tributarias,
la solidaridad regional, la autonomía financiera, y el reconocimiento de la Hacienda
autonómica.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, en su artículo 14 atribuye a la Consejería de Justicia, Administración Local
y Función Pública, entre otras, la competencia en materia de administración local. Por su
parte, mediante el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en su
artículo 7.1.g), asigna a la Secretaría General de Administración Local la planificación
y ejecución de las competencias relativas al reto demográfico, en coordinación con la
Consejería competente en materia de desarrollo rural.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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