3. Otras disposiciones. . (2023/82-33)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convoca el Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el curso 2022/2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023

página 7725/8

afianzar o reforzar el nivel de su curso, ciclo o etapa, requiriendo de refuerzo educativo
por riesgo de abandono o fracaso escolar.
d) Alumnado que no haya participado en el Programa de Refuerzo, Orientación y
Apoyo (PROA Andalucía) en el presente curso escolar, y que, aún habiendo obtenido
calificación positiva en todas las áreas/materias en la primera y en la segunda evaluación,
necesite afianzar o reforzar el nivel de su curso, ciclo o etapa.
e) Alumnado que presente dificultades de integración social, socioemocionales, de
relación, o haya sufrido situaciones que pongan en riesgo su escolarización.
4. En la aplicación de cada uno de los criterios anteriores se dará prioridad al
alumnado que haya solicitado el mes completo.

Decimosegundo. Resolución de la convocatoria.
1. El 22 de junio, finalizadas las fases de solicitud y de alegaciones de centro, de
profesorado y de alumnado, la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación
y Evaluación Educativa publicará la Resolución definitiva de los centros docentes que
finalmente impartirán el Programa.
2. Una vez publicada dicha resolución, el profesorado podrá consultar la adjudicación
definitiva de centro en el Portal docente. No será posible en ese momento conocer el
número de horas diarias que impartirá cada docente en el Programa, puesto que este
número de horas dependerá del alumnado y los grupos que finalmente se constituyan en
cada centro.
3. Asimismo, el 27 de junio las familias podrán consultar en el tablón de anuncios del
centro solicitado en primer lugar, el centro donde ha sido admitido el alumno o la alumna.
4. Si fuera necesario se elaborará una lista de espera con el alumnado que no haya
sido admitido con el objeto de cubrir posibles vacantes que pudiesen producirse antes o
durante el desarrollo del Programa.
5. Contra la adjudicación definitiva de centros docentes, profesorado y alumnado, los
interesados podrán formular recurso de alzada ante la Secretaría General de Desarrollo
Educativo de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo
de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282758

Decimoprimero. Plazos para la solicitud del alumnado.
1. Los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado deberán
solicitar la participación en el Programa del 22 al 30 de mayo a través de la Secretaria
Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/solicitudes/
o bien directamente en el centro docente solicitado en primer lugar.
2. En la solicitud podrán incluirse hasta tres centros docentes del listado de centros
solicitantes publicado el 22 de mayo, teniendo en cuenta que si el centro en el que esté
matriculado el alumno o la alumna en el curso 2022/2023 está incluido en dicho listado
deberá solicitar ese centro en primer lugar. En caso de que su centro no esté incluido,
podrán solicitar la participación en otros centros docentes de su localidad o de localidades
cercanas dentro de su provincia.
3. El 9 de junio las familias podrán consultar estado de su solicitud en el tablón de
anuncios del centro solicitado en primer lugar.
4. Del 12 al 16 de junio existirá un periodo de alegaciones y renuncias a través del
formulario disponible en la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional o en el centro docente en el que haya presentado la solicitud.