Disposiciones generales. . (2023/513-1)
Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 13 - Jueves, 27 de abril de 2023

página 7635/12

3. La ayuda se concederá a los titulares de unidades productivas inscritas en el
Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía de las especies y clasificaciones
zootécnicas que se determinen en la convocatoria de ayudas, que lleven a cabo
inversiones dirigidas a garantizar el abastecimiento de agua para el ganado en situaciones
de sequía.
Artículo 11. Régimen jurídico.
Estas subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en el presente decretoley, por las normas establecidas en las bases reguladoras que se aprueben y por las
normas comunitarias aplicables, incluidos los reglamentos delegados y de ejecución que
las desarrollen, y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquellas,
así como por las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión de
subvenciones rijan para la Administración de la Junta de Andalucía.
Artículo 12. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de
concurrencia competitiva, iniciándose de oficio mediante convocatoria, mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación de
acuerdo con los criterios objetivos de valoración fijados, y adjudicar con el límite fijado
según el crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración, todo ello de
conformidad con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Artículo 14. Cuantía y pago de las ayudas.
1. La intensidad máxima de la ayuda con carácter general será del 65% de la inversión
subvencionable. Dicho porcentaje se incrementará hasta el 80% en el caso de que la
persona beneficiaria sea «joven agricultor o agricultora» o en el caso de «pequeñas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282662

Artículo 13. Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones.
1. Las subvenciones estarán cofinanciadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural, en el marco del Plan Estratégico de la PAC de España vigente, a los
presupuestos de la Junta de Andalucía y, en su caso, por la Administración General del
Estado.
2. Los gastos financiados en el marco del FEAGA o del Feader no pueden optar a
ninguna otra financiación con cargo al presupuesto de la Unión. En el marco del Feader,
una operación únicamente podrá recibir distintas formas de apoyo del plan estratégico de
la PAC y de otros fondos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (UE)
2021/1060 o de instrumentos de la Unión si el total acumulado de las ayudas concedidas
en virtud de las diferentes formas de apoyo no supera la intensidad máxima de ayuda o
el importe máximo de ayuda aplicables a ese tipo de intervenciones a que se refiere el
título III del Reglamento (UE) 2021/2115.
3. Sin perjuicio de lo anterior, las subvenciones serán compatibles con la percepción de
otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de
cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales,
de conformidad con el artículo 19.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y demás
normativa de aplicación, siempre que no se supere la cuantía y los límites establecidos
en el artículo 13.
4. Los controles administrativos constarán de procedimientos destinados a evitar la
doble financiación irregular procedente de otros regímenes nacionales o de la Unión y del
anterior período de programación FEADER.
5. Los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a las personas
o entidades beneficiarias incrementarán el importe de la subvención concedida y se
aplicarán igualmente a la actividad subvencionada.