5. Anuncios. . (2023/77-50)
Anuncio de 13 de abril de 2023, de la Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba, por la que se concede autorización administrativa previa para el proyecto que se cita, en los términos municipales de Bujalance y Córdoba. (PP. 1597/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Martes, 25 de abril de 2023

página 6893/3

•R
 EE: Emitió respuesta con fecha 27 de mayo de 2022, dando su conformidad el

promotor con fecha 20 de junio de 2022.

•E
 nagás: Emitió respuesta con fecha 13 de abril de 2022, dando su conformidad el

promotor con fecha 13 de mayo de 2022.

• CLH (Exolum): No consta respuesta.
•T
 elefónica: Emitió respuesta con fecha 22 de abril de 2022, dando su conformidad el

promotor con fecha 13 de mayo 2022.

Quinto. A partir de 18 de diciembre de 2021, con la entrada en vigor del DecretoLey 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación
administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la activación económica de
Andalucía, se modifica el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento
de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, que
requería la obtención de Informe de Compatibilidad Urbanística de carácter vinculante
para el procedimiento de autorización de instalaciones energéticas. Desde dicho día
desaparece la referencia a este requerimiento urbanístico que era necesario incluir en los
procedimientos energéticos.
El Excmo. Ayuntamiento de Bujalance, remite con fecha 9 de diciembre de 2021,
el Informe de Compatibilidad Urbanístico de fecha 1 de diciembre de 2021, emitido por
el Área de Asistencia Técnica a los Municipios de la Diputación de Córdoba, en donde
expresan en su apartado 5 relativo a la compatibilidad urbanística del uso previsto: «El
uso propuesto de Planta Solar fotovoltaica se encuadra en el uso de instalaciones de
energías renovables, reguladas en el art. 162 del PGOU de Bujalance, y permitido en
esta Calificación de suelo, de acuerdo con lo indicado en el art. 169.2».
Además, con fecha 8 de junio de 2022, remite otro Informe de Compatibilidad
Urbanística que sustituye al anterior debido a un error, ya que estaba referido al análisis
de la licencia que en trámite posterior deba realizarse. El nuevo ICUR de fecha 2 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281931

Cuarto. Con fecha 28 de mayo de 2019, Red Eléctrica de España, S.A., emitió un
informe de viabilidad de acceso conjunto, correspondiente a las plantas fotovoltaicas a
conectar en el nudo de la red de transporte «SE Guadame 220 kV», entre las que se
encuentra la planta solar fotovoltaica «Guadame Solar 1» promovida por la sociedad
Mirzan Solar, S.L. En dicho informe se indica que la conexión del contingente de
generación considerado resulta técnicamente viable.
Con fecha 27 de agosto de 2020, Red Eléctrica de España, S.A., emitió el Informe
de Cumplimiento de Condiciones Técnicas para la Conexión, (ICCTC), correspondiente
al contingente de generación renovable constituido por las once plantas fotovoltaicas a
conectar en el nudo de la red de transporte «SE Guadame 220 kV», consideradas en
el anterior Informe de Viabilidad de Acceso, entre las que se encuentra la planta solar
fotovoltaica «Guadame Solar 1» promovida por la sociedad Mirzan Solar, S.L. Mediante
este documento Red Eléctrica de España, S.A., procede a otorgar permiso de conexión
de estas instalaciones de generación en la Red de Transporte, en la Subestación «SE
Guadame 220 kV».
Con fecha 17 de septiembre de 2020, Red Eléctrica de España, S.A., emitió el Informe
de Verificación de las Condiciones Técnicas para la Conexión, (IVCTC), correspondiente
al contingente de generación renovable mencionado previamente, a conectar en el nudo
de la red de transporte «SE Guadame 220 kV», entre las que se encuentra la Planta
Solar Fotovoltaica «Guadame Solar 1» promovida por la sociedad Mirzan Solar, S.L. Esta
comunicación supone la cumplimentación de los procedimientos de acceso y conexión,
y constituye los permisos de acceso y conexión a la red de transporte necesarios para
el otorgamiento de la autorización administrativa para las instalaciones generadoras
consideradas, según lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico.