3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 7199/8

esta situación, al órgano de control, para que adopte las medidas necesarias, tendentes a
evitar dicho eventual conflicto de intereses.
i) Queda expresamente prohibido a persona miembro de la dirección y empleados de
la Federación Andaluza de Pádel, el uso de sus recursos, influencias, poderes y demás
facultades o facilidades que ostente de la Federación Andaluza de Pádel, en beneficio
propio particular o de su entorno próximo. Igualmente, intervenir en áreas de gestión o
representación, sin encontrarse debidamente habilitada.
j) Queda expresamente prohibido, en la contratación de servicios externos, dar o recibir
comisiones o ventajas no justificadas, de cualquier naturaleza, como contraprestación
para favorecer a terceros, indebidamente, en su contratación o relaciones comerciales
con la Federación Andaluza de Pádel.
Art. 10. De la eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus actividades, por parte de la
Federación Andaluza de Pádel, sus Persona miembro de la dirección y Empleados.
1. La Federación Andaluza de Pádel respetará el derecho a la intimidad de sus
Personas miembro de la dirección y Empleados.
2. La solicitud y el tratamiento de los datos personales, se limitará a la información
imprescindible para el normal desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de la
normativa aplicable.
3. La Federación Andaluza de Pádel adoptará las medidas necesarias para preservar
la confidencialidad de datos de carácter personal de que disponga, y su tratamiento,
y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de
conformidad con la legislación vigente.
4. Las personas miembro de la dirección y empleados de la Federación Andaluza de
Pádel, que por razones de su cargo o actuación tengan acceso a información privada
o confidencial, de afiliados, otros empleados o entidades comerciales, guardarán la
confidencialidad de estos, en cumplimiento de la normativa vigente, haciendo uso
responsable y ético de dicha información.
5. En todos los supuestos, se abstendrán de hacer uso de dicha información, en
provecho propio o de terceros, relacionados con la Federación Andaluza de Pádel.
6. En cumplimiento de los requisitos de intimidad, protección de datos e información
confidencial, la Federación Andaluza de Pádel contará con una política de confidencialidad,
privacidad e intimidad y seguridad en la información, de obligado cumplimiento para todos
sus personas miembro de la dirección y empleados y para quienes, dejando de serlo,
conocieron dichos datos por su anterior vinculación a la Federación Andaluza de Pádel.
Art. 11. Formación.
La Federación Andaluza de Pádel realizará acciones tendentes a la formación
continua de las Personas miembro de la dirección y Empleados.

Art. 13. Protocolo para la prevención, detección y actuación frente al acoso y abuso
sexual.
La Federación Andaluza de Pádel cumple y se compromete al cumplimiento del
protocolo para la prevención, detección y actuación frente al acoso y abuso sexual
aprobado por su Junta Directiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282236

Art. 12. Código de ética deportiva.
La Federación Andaluza de Pádel cumple y se compromete al cumplimiento del
código de ética deportiva aprobado por el Consejo de Europa el 24 de septiembre de
1992 (Anexo I).