3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 7199/25

2. Los Órganos de control del cumplimiento de las normas de procedimiento
emanadas de este Código en la Federación Andaluza de Pádel serán:
a) La persona titular de la Secretaría General.
b) Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Art. 45. La persona titular de la Secretaría General.
La persona titular de la Secretaría General, quien tendrá voz, pero no voto, deberá
atender a la legalidad formal y material de las actuaciones de la Junta Directiva,
comprobar la regularidad estatutaria, el cumplimiento de las disposiciones emanadas de
los Órganos reguladores, así como velar por la observancia de los principios o criterios
del buen gobierno federativo.
Art. 46. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano encargado de velar por
el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía, y del Código de Buen Gobierno, debiéndose establecer por la
Asamblea General el procedimiento interno que será de aplicación para dicho control.

Art. 48. Convocatoria.
1. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno se reunirá, al menos, una vez al año
en sesión ordinaria y siempre que sea convocada por su Presidente/a. Estas reuniones
podrán ser presenciales o telemáticas. Asimismo, se reunirá cuando el Presidente de la
Federación Andaluza de Pádel, su Junta Directiva o sus órganos disciplinarios soliciten
la emisión de informes, la presentación de propuestas o la adopción de acuerdos en el
ámbito de sus funciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282236

Art. 47. Funciones del Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Sus principales funciones y cometidos son los siguientes:
a) Asistir, a través de uno de sus miembros, a la Junta Directiva en sus funciones de
vigilancia y control del área económica de la Federación, mediante la revisión periódica
del cumplimiento de las disposiciones legales y normas internas aplicables a ésta.
b) Evaluar el sistema de organización contable implantado en la Federación y la
completa y correcta aplicación a su gestión del presente Código de Buen Gobierno.
c) Garantizar la independencia del auditor externo de la Federación.
d) Servir de canal de comunicación entre la Federación y el auditor, evaluar los
resultados de cada auditoría y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones
y mediar en los casos de discrepancias entre aquellos y éste en relación con los principios
y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros, proponiendo en su
caso las actuaciones que sean preciso adoptar.
e) Revisar las cuentas de la Federación, vigilar el cumplimiento de los requerimientos
legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
f) Seguir el funcionamiento de los procedimientos y manuales de control financiero
interno adoptados en la federación, comprobar su cumplimiento y revisar la designación y
sustitución de los responsables.
g) Examinar el cumplimiento del Código de Buen Gobierno y, en general de las reglas
de gobierno de la Federación y hacer las propuestas necesarias para su mejora.
h) Considerar las sugerencias que le hagan llegar la persona titular de la Presidencia,
las personas miembro de la Junta Directiva, así como informar y formular propuestas a
la Junta Directiva sobre medidas que considere oportunas en la actividad de auditoría
y en el resto de las que tuviera asignadas, así como en materia de cumplimiento de las
normas legales sobre información y exactitud de la misma.