3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 7199/26

2. La convocatoria deberá efectuarse mediante comunicación escrita a todos los
miembros del Comité con expresa mención del lugar, día y hora de celebración, así como
el Orden del Día de los asuntos a tratar.
3. La convocatoria y la documentación referente al orden del día podrá remitirse a los
miembros a la dirección de correo electrónico recabada para tal fin mediante formulario
cumplimentado con las exigencias previstas por la normativa que regula la materia de
tratamiento de datos.
4. Sin perjuicio de lo anterior, igualmente se enviará esta documentación por correo
postal, a todos aquellos miembros del Comité que lo hayan manifestado expresamente y
por escrito la recepción de la misma.
5. Las convocatorias se efectuarán con una antelación de siete (7) días naturales a su
celebración, salvo casos de urgencia debidamente justificados.
6. Asimismo, el Comité será convocado por la persona titular de la Presidencia, en el
plazo máximo de diez (10) días naturales, desde la entrada escrita de cualquier denuncia
dirigida a dicho órgano.
7. Será válida la constitución del Comité sin previa convocatoria si se hallan presentes
todos los miembros y aceptan por unanimidad la celebración de la Comisión.
8. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno efectuará los informes que les sean
solicitados sobre el grado de cumplimiento de los sistemas internos descritos en el
presente documento. Estos informes deberán ser emitidos en el plazo máximo de 30 días
desde que le sean solicitados.
9. La Junta Directiva propondrá las acciones necesarias para corregir las incidencias
que se plantean en los informes del Comité de Transparencia y Buen Gobierno
Art. 49. Nombramiento.
La designación y cese de los miembros del Comité de Transparencia y Buen Gobierno
corresponderá a la Asamblea General.
Art. 50. Duración.
Los miembros del Comité de Transparencia y Buen Gobierno no ejercerán su cargo
más allá de la duración del período de mandato de la Asamblea General.
Art. 51. Composición.
1. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno estará compuesto por un mínimo de
cuatro miembros: un Presidente o Presidenta, un Secretario o Secretaria y dos Vocales.
2. El cargo de Secretario o Secretaria recaerá en la persona que ostente la Secretaria
General de la Federación Andaluza de Pádel, quien actuará con voz, pero sin voto, y
levantará acta de sus sesiones.

Art. 53. Constitución y convocatoria.
El Comité se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos
tanto de forma presencial como a distancia. En las sesiones celebradas a distancia sus
miembros podrán encontrarse en distintos lugares siempre que se asegure por medios
electrónicos o audiovisuales la autenticidad e identidad de los mismos, el contenido de
sus manifestaciones, el momento en que ésta se producen, así como la interactividad e
intercomunicación entre ellos en tiempo real con imagen y sonido de los asistentes en
remoto y la disponibilidad de los medios durante la sesión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Art. 52. Adopción de acuerdos.
Tomará sus acuerdos por mayoría simple de sus miembros asistentes, siendo
dirimente, en caso de empate, el voto de la persona titular de la Presidencia