3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7199/12
El sistema retributivo se definirá a partir de la valoración de los puestos de trabajo de
la Federación, lo cual se llevará a cabo en función de otros cinco factores: Competencia
técnica, autonomía, responsabilidad, relaciones y mando.
Los criterios de retribución respetarán los siguientes principios:
a) Equidad interna, entre salarios correspondientes a puestos de igual importancia
(igual puesto, igual salario).
b) Competitividad externa, en relación a los salarios que ofrece el mercado para
atraer y retener a los mejores profesionales.
c) Individualización y motivación, de las personas a través del salario, como
reconocimiento a: sus comportamientos, sus actos, su desempeño y el logro de unos
resultados.
El nivel de cumplimiento alcanzado por una persona, siempre que supere un valor
establecido, podrá reconocerse: bien como una discriminación positiva en su revisión
salarial anual, o bien como parte variable de su salario.
XI. NORMAS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Art. 23. Del Procedimiento de Compras.
1. El encargado de compra, o usuario, en el momento que detecte una necesidad,
solicitará autorización a su responsable de departamento para la tramitación de ésta.
2. Una vez obtenida la autorización, solicitará como mínimo 2 ó 3 ofertas a
proveedores, documentando en todo momento el proceso de elección de uno u otro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282236
Art. 22. Introducción al proceso de compras.
La Federación Andaluza de Pádel antes de iniciar alguno de los procesos de compra
que se expondrán a continuación, conviene plantearse dos cuestiones importantes:
a) La necesidad de aprovisionamiento: determinar claramente el objeto de esta
necesidad, y asegurar de que esa necesidad no puede ser cubierta con los medios de
que dispone la Federación imprescindible el recurso a la contratación externa.
b) La disponibilidad presupuestaria: Cualquier contratación exige la existencia de
presupuesto adecuado y eficiente, por ello el peticionario deberá asegurarse de su
disponibilidad, consultando el estado de ejecución del presupuesto correspondiente.
En todo caso, deben respetarse los criterios de economía y racionalidad en el gasto,
teniendo siempre en cuenta el superior interés del cumplimiento presupuestario de la
federación.
Se establece como criterio de actuación general la solicitud, con carácter previo a la
adquisición o contratación, de un mínimo de tres ofertas en los siguientes casos:
a) Las adquisiciones de bienes de inversión que superen unitariamente los treinta mil
(30.000,00) euros.
b) La compra o suministro de bienes o la contratación de prestaciones de servicios
que superen los doce mil (12.000,00) euros.
Toda compra de bien o contratación de servicio realizados a un mismo proveedor y
por el mismo concepto ha de ser objeto de una única propuesta para el ejercicio anual, no
pudiendo fraccionarse el importe de la misma en varias propuestas con el fin de ajustarse
a los límites cuantitativos definidos anteriormente.
Toda solicitud de compra de bien o contratación de servicio será justificada con
carácter previo a la formalización del compromiso de compra o contratación por el
Responsable de Área solicitante, que deberá emitir un informe razonado de la necesidad.
Es necesario, al calcular el coste de cada adquisición o servicio a contratar, incluir el
importe de todos los posibles gastos complementarios de instalación, transporte, seguro,
aranceles, y el IVA si los hubiere.
Todos los gastos deben venir incluidos en el presupuesto u oferta de la empresa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7199/12
El sistema retributivo se definirá a partir de la valoración de los puestos de trabajo de
la Federación, lo cual se llevará a cabo en función de otros cinco factores: Competencia
técnica, autonomía, responsabilidad, relaciones y mando.
Los criterios de retribución respetarán los siguientes principios:
a) Equidad interna, entre salarios correspondientes a puestos de igual importancia
(igual puesto, igual salario).
b) Competitividad externa, en relación a los salarios que ofrece el mercado para
atraer y retener a los mejores profesionales.
c) Individualización y motivación, de las personas a través del salario, como
reconocimiento a: sus comportamientos, sus actos, su desempeño y el logro de unos
resultados.
El nivel de cumplimiento alcanzado por una persona, siempre que supere un valor
establecido, podrá reconocerse: bien como una discriminación positiva en su revisión
salarial anual, o bien como parte variable de su salario.
XI. NORMAS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Art. 23. Del Procedimiento de Compras.
1. El encargado de compra, o usuario, en el momento que detecte una necesidad,
solicitará autorización a su responsable de departamento para la tramitación de ésta.
2. Una vez obtenida la autorización, solicitará como mínimo 2 ó 3 ofertas a
proveedores, documentando en todo momento el proceso de elección de uno u otro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282236
Art. 22. Introducción al proceso de compras.
La Federación Andaluza de Pádel antes de iniciar alguno de los procesos de compra
que se expondrán a continuación, conviene plantearse dos cuestiones importantes:
a) La necesidad de aprovisionamiento: determinar claramente el objeto de esta
necesidad, y asegurar de que esa necesidad no puede ser cubierta con los medios de
que dispone la Federación imprescindible el recurso a la contratación externa.
b) La disponibilidad presupuestaria: Cualquier contratación exige la existencia de
presupuesto adecuado y eficiente, por ello el peticionario deberá asegurarse de su
disponibilidad, consultando el estado de ejecución del presupuesto correspondiente.
En todo caso, deben respetarse los criterios de economía y racionalidad en el gasto,
teniendo siempre en cuenta el superior interés del cumplimiento presupuestario de la
federación.
Se establece como criterio de actuación general la solicitud, con carácter previo a la
adquisición o contratación, de un mínimo de tres ofertas en los siguientes casos:
a) Las adquisiciones de bienes de inversión que superen unitariamente los treinta mil
(30.000,00) euros.
b) La compra o suministro de bienes o la contratación de prestaciones de servicios
que superen los doce mil (12.000,00) euros.
Toda compra de bien o contratación de servicio realizados a un mismo proveedor y
por el mismo concepto ha de ser objeto de una única propuesta para el ejercicio anual, no
pudiendo fraccionarse el importe de la misma en varias propuestas con el fin de ajustarse
a los límites cuantitativos definidos anteriormente.
Toda solicitud de compra de bien o contratación de servicio será justificada con
carácter previo a la formalización del compromiso de compra o contratación por el
Responsable de Área solicitante, que deberá emitir un informe razonado de la necesidad.
Es necesario, al calcular el coste de cada adquisición o servicio a contratar, incluir el
importe de todos los posibles gastos complementarios de instalación, transporte, seguro,
aranceles, y el IVA si los hubiere.
Todos los gastos deben venir incluidos en el presupuesto u oferta de la empresa.