3. Otras disposiciones. . (2023/76-39)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la gestión de los planes y programas para la reducción del abandono educativo y para el incremento del éxito escolar.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/37
las recomendaciones relacionadas con la eficiencia y economía también deben adoptarse por la
Secretaría General Técnica de la referida consejería (§15).
6.1. En relación con la eficacia
139
Elaborar un nuevo plan estratégico o una estrategia de reducción del abandono educativo y de
aumento del éxito escolar, que atienda las propuestas de mejora de los informes de evaluación de
los programas, las aportaciones de la Inspección Educativa y que tome en consideración las
conclusiones y recomendaciones de este informe de fiscalización. Igualmente, debe ser un elemento
que garantice la cobertura estratégica de todos los programas implementados e implicados.
140
Este plan debería contener las siguientes cuestiones:
141
Perseverar en el mantenimiento de los programas de refuerzo educativo en los últimos cursos
de la educación primaria, como actuación preventiva ante el riesgo de abandono en la educación
secundaria. En este asunto es importante la labor de los docentes que facilitan el tránsito del
alumnado de los CEIP a su IES de referencia. (§70)
142
Potenciar las actuaciones que aumenten el número de alumnado participante con necesidades
educativas especiales y de nacionalidad extranjera. Para ello es necesario asegurar a las familias
el acceso y el conocimiento de la información de los programas. El papel de los orientadores
educativos, tanto de los centros como de las delegaciones territoriales, es primordial. (§73, 74)
143
Continuar con el análisis de los centros con alumnado vulnerable para detectar las necesidades
que pudieran ser atendidas con los programas de refuerzo educativo. (§77, 80)
144
Evaluar los resultados de los programas en cuanto a su efecto en el abandono educativo y, en
consecuencia, en el éxito escolar. Esta evaluación debe considerar, al menos el índice
socioeconómico y cultural de los centros, así como las principales características
sociodemográficas del alumnado, atendiendo al perfil del abandono. (§44, 57, 87)
145
Realizar un estudio de los motivos y justificaciones por los que algunos centros no se acogen a
estos programas. (§91)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282220
1) Diagnóstico de las cuestiones que inciden y que determinan el perfil del alumnado en
riesgo de abandono educativo. (§60 a 62)
2) Establecimiento de objetivos:
a. alineados con las exigencias de la Unión Europea, (§40, 64, 123)
b. dotados de valores de referencia o estándares a conseguir, (§123, 124)
c. jerarquizados y priorizados. (§125)
3) Detalle de los programas que se implementan.
4) Marco económico y financiero: detalle de las partidas de gastos y su financiación. (§102,
122)
5) Definición de indicadores. (§101, 126)
6) Sistema de seguimiento y evaluación. (§63, 66, 130)
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/37
las recomendaciones relacionadas con la eficiencia y economía también deben adoptarse por la
Secretaría General Técnica de la referida consejería (§15).
6.1. En relación con la eficacia
139
Elaborar un nuevo plan estratégico o una estrategia de reducción del abandono educativo y de
aumento del éxito escolar, que atienda las propuestas de mejora de los informes de evaluación de
los programas, las aportaciones de la Inspección Educativa y que tome en consideración las
conclusiones y recomendaciones de este informe de fiscalización. Igualmente, debe ser un elemento
que garantice la cobertura estratégica de todos los programas implementados e implicados.
140
Este plan debería contener las siguientes cuestiones:
141
Perseverar en el mantenimiento de los programas de refuerzo educativo en los últimos cursos
de la educación primaria, como actuación preventiva ante el riesgo de abandono en la educación
secundaria. En este asunto es importante la labor de los docentes que facilitan el tránsito del
alumnado de los CEIP a su IES de referencia. (§70)
142
Potenciar las actuaciones que aumenten el número de alumnado participante con necesidades
educativas especiales y de nacionalidad extranjera. Para ello es necesario asegurar a las familias
el acceso y el conocimiento de la información de los programas. El papel de los orientadores
educativos, tanto de los centros como de las delegaciones territoriales, es primordial. (§73, 74)
143
Continuar con el análisis de los centros con alumnado vulnerable para detectar las necesidades
que pudieran ser atendidas con los programas de refuerzo educativo. (§77, 80)
144
Evaluar los resultados de los programas en cuanto a su efecto en el abandono educativo y, en
consecuencia, en el éxito escolar. Esta evaluación debe considerar, al menos el índice
socioeconómico y cultural de los centros, así como las principales características
sociodemográficas del alumnado, atendiendo al perfil del abandono. (§44, 57, 87)
145
Realizar un estudio de los motivos y justificaciones por los que algunos centros no se acogen a
estos programas. (§91)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282220
1) Diagnóstico de las cuestiones que inciden y que determinan el perfil del alumnado en
riesgo de abandono educativo. (§60 a 62)
2) Establecimiento de objetivos:
a. alineados con las exigencias de la Unión Europea, (§40, 64, 123)
b. dotados de valores de referencia o estándares a conseguir, (§123, 124)
c. jerarquizados y priorizados. (§125)
3) Detalle de los programas que se implementan.
4) Marco económico y financiero: detalle de las partidas de gastos y su financiación. (§102,
122)
5) Definición de indicadores. (§101, 126)
6) Sistema de seguimiento y evaluación. (§63, 66, 130)