3. Otras disposiciones. . (2023/76-39)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la gestión de los planes y programas para la reducción del abandono educativo y para el incremento del éxito escolar.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/34
5.3. Objetivo nº 3: Evaluación de los resultados y del impacto
5.3.1. Subobjetivo nº 3.1: Evaluabilidad de los planes y programas
5.3.1.1. Diagnóstico
120
Los datos del abandono escolar temprano y del fracaso o éxito escolar, identificados a partir de las
cifras de las estadísticas oficiales, no se desagregan por sexo, edad, nacionalidad, nivel de formación,
etc. lo que impide definir el problema con mayor precisión y claridad, pues son elementos
determinantes del abandono y del éxito escolar. (§A.220, A.221)
121
La reducción del abandono y del fracaso escolar o el aumento del éxito escolar quedan
identificados en la normativa, tanto en el objeto de los programas como en los objetivos
específicos (§A.222). Sin embargo, los resultados y el impacto no se miden en estos términos.
(§132, 135)
122
No ofrecen información económica ni financiera de partida, más allá de la contenida en las
memorias económicas exigidas para proceder a la aprobación de las actuaciones con incidencia
económico-financiera. (§A.224)
5.3.1.2. Diseño
123
Los objetivos de los programas están formulados con claridad. Sin embargo, son difíciles de
evaluar, ya que no se indica la tasa de abandono escolar temprano de partida ni la de titulación,
ni la evolución de las mismas tras la implementación de cada programa en cada curso escolar.
(§A.225)
124
No definen ni prevén el impacto a largo plazo. No debería ser otro que la reducción del abandono y
del fracaso escolar, pero no cuantifican los porcentajes a alcanzar para considerar el efecto a largo
plazo de las medidas y recursos previstos en los planes y programas. (§A.227)
125
Aunque los programas se plantean como un enfoque integral para reducir el abandono y el fracaso
escolar, la concreción de objetivos específicos para tal fin no se prioriza ni jerarquiza. (§A.228)
126
Los indicadores no están definidos con carácter previo. El PEEA no dispone de indicadores de
evaluación. En cuanto a los indicadores de los programas, fueron propuestos para la realización
de los informes de resultados de la evaluación realizada por la DGOEE. (§A.229)
5.3.1.3. Sistemas de información y de evaluación
Los indicadores definidos en la posterior fase de evaluación de los programas son indistintamente
de realización y de resultados. Por tanto, y aunque algunos de estos indicadores hayan sido
denominados como de impacto, no tienen tal naturaleza desde un enfoque evaluador. (§A.230,
A.231)
00282220
127
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/34
5.3. Objetivo nº 3: Evaluación de los resultados y del impacto
5.3.1. Subobjetivo nº 3.1: Evaluabilidad de los planes y programas
5.3.1.1. Diagnóstico
120
Los datos del abandono escolar temprano y del fracaso o éxito escolar, identificados a partir de las
cifras de las estadísticas oficiales, no se desagregan por sexo, edad, nacionalidad, nivel de formación,
etc. lo que impide definir el problema con mayor precisión y claridad, pues son elementos
determinantes del abandono y del éxito escolar. (§A.220, A.221)
121
La reducción del abandono y del fracaso escolar o el aumento del éxito escolar quedan
identificados en la normativa, tanto en el objeto de los programas como en los objetivos
específicos (§A.222). Sin embargo, los resultados y el impacto no se miden en estos términos.
(§132, 135)
122
No ofrecen información económica ni financiera de partida, más allá de la contenida en las
memorias económicas exigidas para proceder a la aprobación de las actuaciones con incidencia
económico-financiera. (§A.224)
5.3.1.2. Diseño
123
Los objetivos de los programas están formulados con claridad. Sin embargo, son difíciles de
evaluar, ya que no se indica la tasa de abandono escolar temprano de partida ni la de titulación,
ni la evolución de las mismas tras la implementación de cada programa en cada curso escolar.
(§A.225)
124
No definen ni prevén el impacto a largo plazo. No debería ser otro que la reducción del abandono y
del fracaso escolar, pero no cuantifican los porcentajes a alcanzar para considerar el efecto a largo
plazo de las medidas y recursos previstos en los planes y programas. (§A.227)
125
Aunque los programas se plantean como un enfoque integral para reducir el abandono y el fracaso
escolar, la concreción de objetivos específicos para tal fin no se prioriza ni jerarquiza. (§A.228)
126
Los indicadores no están definidos con carácter previo. El PEEA no dispone de indicadores de
evaluación. En cuanto a los indicadores de los programas, fueron propuestos para la realización
de los informes de resultados de la evaluación realizada por la DGOEE. (§A.229)
5.3.1.3. Sistemas de información y de evaluación
Los indicadores definidos en la posterior fase de evaluación de los programas son indistintamente
de realización y de resultados. Por tanto, y aunque algunos de estos indicadores hayan sido
denominados como de impacto, no tienen tal naturaleza desde un enfoque evaluador. (§A.230,
A.231)
00282220
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