3. Otras disposiciones. . (2023/76-39)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la gestión de los planes y programas para la reducción del abandono educativo y para el incremento del éxito escolar.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/31
5.1.3.2. Intervención General de la Junta de Andalucía
La incidencia detectada en los informes del plan de control de auditoría es que los modelos de
aprobación de los registros de ingresos y gastos de los centros docentes públicos no hacen
posible contabilizar de forma separada los ingresos y gastos de funcionamiento de los
correspondientes a determinadas partidas finalistas, como es el caso del PROA. Estos informes
inciden que esta forma de proceder desatiende la recomendación de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, de llevar un registro separado tanto de los ingresos como de los gastos
correspondientes a programas específicos de actuación. (§A.168, A.169)
99
5.1.3.3. Dirección General de Fondos Europeos
100
Las Incidencias están relacionadas con el control de asistencia de los docentes en los programas
PROA y de refuerzo educativo en periodo estival, financiados por el Fondo Social Europeo. Los
informes recomiendan implementar en el sistema de información Séneca las mejoras necesarias
que permitan una correcta trazabilidad de los participantes del programa y el registro de los
mismos. (§A.172, A.173)
5.2. Objetivo nº 2: Eficiencia y economía
101
Los programas no disponen de indicadores de eficiencia ni de economía. Todos son de eficacia.
(§A.126)
102
El PEEA no detalla un marco financiero que cuantifique el gasto presupuestario ni la valoración
económica de sus objetivos, ámbitos, medidas y actuaciones durante su periodo de vigencia
2017-2020. (§A.174)
103
Si se atiende a la memoria económica elaborada para proceder a la aprobación del plan que
señala que su puesta en marcha no supondrá incremento presupuestario específico destinado a
su cumplimiento, la valoración económica asciende a 16.009 M€. El 83,96% de esta cifra se
destina a la mejora de la función docente y directiva. El 90,15% de esta valoración se prevé para
gastos de personal. (§A.176)
104
La consejería competente en educación, a través de la Secretaría General Técnica y de la DGADCE
no ha suministrado información en relación con el seguimiento y evaluación del PEEA, por lo que
tampoco cuantifica el grado de cumplimiento o de ejecución de esta valoración económica de
carácter previsional. (§A.177)
105
En cuanto a los programas objeto de fiscalización, el gasto ejecutado en términos de obligaciones
reconocidas durante el periodo de alcance 2016-2021 ha sido de 111,01 M€. De ellos, 65,12 M€
se corresponden con los años de vigencia del PEEA (2017-2020). (§A.178)
106
El gasto ejecutado por los programas de fiscalización (§105) difiere de la valoración económica
del PEEA (§103), representando menos del 1% de dicha valoración. Si bien, el gasto por programa
se refiere a obligaciones reconocidas y el del plan es una previsión sin información sobre su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282220
5.2.1. Subobjetivo nº 2.1: Gasto ejecutado
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/31
5.1.3.2. Intervención General de la Junta de Andalucía
La incidencia detectada en los informes del plan de control de auditoría es que los modelos de
aprobación de los registros de ingresos y gastos de los centros docentes públicos no hacen
posible contabilizar de forma separada los ingresos y gastos de funcionamiento de los
correspondientes a determinadas partidas finalistas, como es el caso del PROA. Estos informes
inciden que esta forma de proceder desatiende la recomendación de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, de llevar un registro separado tanto de los ingresos como de los gastos
correspondientes a programas específicos de actuación. (§A.168, A.169)
99
5.1.3.3. Dirección General de Fondos Europeos
100
Las Incidencias están relacionadas con el control de asistencia de los docentes en los programas
PROA y de refuerzo educativo en periodo estival, financiados por el Fondo Social Europeo. Los
informes recomiendan implementar en el sistema de información Séneca las mejoras necesarias
que permitan una correcta trazabilidad de los participantes del programa y el registro de los
mismos. (§A.172, A.173)
5.2. Objetivo nº 2: Eficiencia y economía
101
Los programas no disponen de indicadores de eficiencia ni de economía. Todos son de eficacia.
(§A.126)
102
El PEEA no detalla un marco financiero que cuantifique el gasto presupuestario ni la valoración
económica de sus objetivos, ámbitos, medidas y actuaciones durante su periodo de vigencia
2017-2020. (§A.174)
103
Si se atiende a la memoria económica elaborada para proceder a la aprobación del plan que
señala que su puesta en marcha no supondrá incremento presupuestario específico destinado a
su cumplimiento, la valoración económica asciende a 16.009 M€. El 83,96% de esta cifra se
destina a la mejora de la función docente y directiva. El 90,15% de esta valoración se prevé para
gastos de personal. (§A.176)
104
La consejería competente en educación, a través de la Secretaría General Técnica y de la DGADCE
no ha suministrado información en relación con el seguimiento y evaluación del PEEA, por lo que
tampoco cuantifica el grado de cumplimiento o de ejecución de esta valoración económica de
carácter previsional. (§A.177)
105
En cuanto a los programas objeto de fiscalización, el gasto ejecutado en términos de obligaciones
reconocidas durante el periodo de alcance 2016-2021 ha sido de 111,01 M€. De ellos, 65,12 M€
se corresponden con los años de vigencia del PEEA (2017-2020). (§A.178)
106
El gasto ejecutado por los programas de fiscalización (§105) difiere de la valoración económica
del PEEA (§103), representando menos del 1% de dicha valoración. Si bien, el gasto por programa
se refiere a obligaciones reconocidas y el del plan es una previsión sin información sobre su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282220
5.2.1. Subobjetivo nº 2.1: Gasto ejecutado