3. Otras disposiciones. . (2023/76-39)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la gestión de los planes y programas para la reducción del abandono educativo y para el incremento del éxito escolar.
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BOJA
29
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/12
Por todo lo expuesto, los objetivos de la fiscalización de la gestión de los planes y programas
relacionados con el abandono educativo y con el éxito escolar, formulados como preguntas, son
los siguientes:
•
•
•
30
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Objetivo nº 1 ¿Ha resultado eficaz la gestión?
Objetivo nº 2 ¿Se ha gestionado de forma eficiente y económica?
Objetivo nº 3 ¿Se considera adecuada la evaluación de los resultados y del impacto?
Para la consecución de estos objetivos se han analizado los siguientes aspectos generales:
•
•
•
Cumplimiento de los objetivos de los planes y programas.
Ejecución de los recursos utilizados de forma eficiente y económica.
Examen de las evaluaciones realizadas.
4.2. Alcance
31
El alcance objetivo de la fiscalización es la gestión de los planes y programas para la reducción
del abandono educativo y para el incremento del éxito escolar desarrollados por la consejería
competente en educación. En concreto, los planes y programas objeto de alcance son:
•
•
•
•
•
32
Como alcance subjetivo, ha sido objeto de fiscalización la actuación realizada por los siguientes
órganos, unidades y departamentos de la anterior Consejería de Educación y Deporte:
•
•
•
•
•
La DGADPCE, por ser responsable del diseño, desarrollo y ejecución de las actuaciones y
programas destinados al refuerzo de las competencias en matemáticas, lengua y lenguas
extranjeras.
La DGOEE, por tener la competencia de la evaluación de los planes y programas educativos.
Los centros docentes públicos beneficiarios de los planes y programas objeto de alcance.
Las delegaciones territoriales con competencias en educación, en cuanto al control y
seguimiento de los programas, de conformidad con las instrucciones sobre organización y
funcionamiento de los mismos para cada curso escolar.
La Inspección Educativa, que velará por el cumplimiento de la normativa reguladora, sobre
todo de las instrucciones señaladas.
El alcance temporal de esta fiscalización es el ámbito de aplicación del PEEA, que se corresponde
con cuatro anualidades desde su aprobación, por lo que abarca desde el 29/11/2016 a
29/11/2020. En términos de años escolares se corresponde con los cursos 2016/17 a 2019/20.
Además, se añade el curso 2020/21 por las siguientes razones:
00282220
33
Plan de Éxito Educativo de Andalucía (PEEA).
Programa IMPULSA.
PROA Andalucía
Programa de refuerzo educativo en periodo estival.
PROA+.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7175/12
Por todo lo expuesto, los objetivos de la fiscalización de la gestión de los planes y programas
relacionados con el abandono educativo y con el éxito escolar, formulados como preguntas, son
los siguientes:
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Objetivo nº 1 ¿Ha resultado eficaz la gestión?
Objetivo nº 2 ¿Se ha gestionado de forma eficiente y económica?
Objetivo nº 3 ¿Se considera adecuada la evaluación de los resultados y del impacto?
Para la consecución de estos objetivos se han analizado los siguientes aspectos generales:
•
•
•
Cumplimiento de los objetivos de los planes y programas.
Ejecución de los recursos utilizados de forma eficiente y económica.
Examen de las evaluaciones realizadas.
4.2. Alcance
31
El alcance objetivo de la fiscalización es la gestión de los planes y programas para la reducción
del abandono educativo y para el incremento del éxito escolar desarrollados por la consejería
competente en educación. En concreto, los planes y programas objeto de alcance son:
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Como alcance subjetivo, ha sido objeto de fiscalización la actuación realizada por los siguientes
órganos, unidades y departamentos de la anterior Consejería de Educación y Deporte:
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La DGADPCE, por ser responsable del diseño, desarrollo y ejecución de las actuaciones y
programas destinados al refuerzo de las competencias en matemáticas, lengua y lenguas
extranjeras.
La DGOEE, por tener la competencia de la evaluación de los planes y programas educativos.
Los centros docentes públicos beneficiarios de los planes y programas objeto de alcance.
Las delegaciones territoriales con competencias en educación, en cuanto al control y
seguimiento de los programas, de conformidad con las instrucciones sobre organización y
funcionamiento de los mismos para cada curso escolar.
La Inspección Educativa, que velará por el cumplimiento de la normativa reguladora, sobre
todo de las instrucciones señaladas.
El alcance temporal de esta fiscalización es el ámbito de aplicación del PEEA, que se corresponde
con cuatro anualidades desde su aprobación, por lo que abarca desde el 29/11/2016 a
29/11/2020. En términos de años escolares se corresponde con los cursos 2016/17 a 2019/20.
Además, se añade el curso 2020/21 por las siguientes razones:
00282220
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Plan de Éxito Educativo de Andalucía (PEEA).
Programa IMPULSA.
PROA Andalucía
Programa de refuerzo educativo en periodo estival.
PROA+.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja