Disposiciones generales. . (2023/76-1)
Decreto 92/2023, de 18 de abril, por el que se regula la pesca marítima en aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se ordena la flota que opera exclusivamente en dichas aguas.
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Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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de modalidad; descripción del lugar de calamento con expresión de las coordenadas
georreferenciadas; descripción de los medios con los que se pretende realizar el calado
del arte; descripción de las especies objetivo de la pesquería y lonja prevista para el
desembarque y primera venta de las capturas.
i) Para la extracción de flora o la recogida de argazos; identificación de la zona de
extracción o de recogida; provincia; municipio; nombre de la zona con georreferenciación;
especies de algas objeto de captura; número estimado de personas dedicadas a la
actividad; el calendario de fechas previstas para la captura de algas con indicación de
la fecha de inicio y de fin, y por cada especie de alga indicar las cantidades a capturar
en kilogramos; lo útiles de pesca usados; el mecanismo utilizado para la retirada de las
algas y el destino de las mismas.
j) Para el caso de embarcaciones, declaración responsable de que la embarcación
está inscrita en el registro general de la flota pesquera, tiene puerto base en Andalucía,
posee licencia de pesca marítima en aguas interiores, está equipada con un sistema de
localización de buques SLB o cualquier otro sistema de geolocalización.
k) Declaración responsable de haber ejercido en años anteriores la pesca en aguas
interiores con los artes para los que solicita autorización especial, salvo para el caso de
recogida de muestras, pesca experimental, proyectos piloto, repoblaciones o extracción
de flora.
l) Para el caso de extracción de flora, declaración responsable del cumplimiento de
las obligaciones exigidas por la normativa medioambiental o de gestión de residuos que le
sea de aplicación y declaración responsable de colaborar con la administración pesquera
en el seguimiento científico de que dicha administración realice.
m) Declaración responsable de compromiso de cumplir las obligaciones exigidas por
la normativa pesquera en todos los casos, y para el caso de las actividades de pesca
a pie en corral, además, declaración responsable de conocer la legislación de pesca
marítima en aguas interiores y de marisqueo.
6. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) DNI/NIE de la persona solicitante y, en su caso, de la persona que la represente, o
que se manifieste que no hay oposición expresa a la consulta de los datos de identidad
de dichas personas por parte de la administración.
b) Documentación acreditativa de la representación legal, en su caso.
c) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante y
de la composición del accionariado, en su caso.
d) En el caso de recogida de muestras con fines de investigación, seguimiento
y mejora, memoria descriptiva del proyecto, planos de detalle, relación del personal
encargado de la recogida de muestras, así como la cualificación de cada uno, lista de
embarcaciones o medios de transportes, artes, útiles o sistemas de recogida empleados,
zonas de recogida de muestras, geolocalizadas, junto con calendario en el que se
realizará la toma de muestras, con el contenido mínimo recogido en el artículo 26.2.
e) En caso de pesca experimental, proyecto piloto o repoblación, especies objetivo
de la actividad, destino y cantidades de las especies, fecha de inicio y fin de la actividad,
memoria descriptiva de la actuación, personas encargadas de su realización, sistemas
de pesca a utilizar con identificación geolocalizada de las zonas en que se realizará la
actividad.
f) En caso de solicitar autorización especial para la extracción de flora, tanto extracción
de algas vivas como recolección de argazos, memoria descriptiva de la actuación con
indicación de la finalidad de la actividad.
g) En el caso de autorización especial de cambio de modalidad a arte de parada,
planos de instalación del conjunto de redes con coordenadas geográficas y proyecto
básico de balizamiento del arte.
h) En caso de solicitar autorización especial para la pesca a pie de corral a favor
de entidades sin ánimo de lucro o terceras personas, título o documento que acredite
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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