3. Otras disposiciones. . (2023/75-50)
Orden de 15 de abril de 2023, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se establecen, mediante actuaciones de deslinde y de replanteo, los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de Campillo de Arenas y Noalejo, ambos en la provincia de Jaén.
7 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Viernes, 21 de abril de 2023

página 7113/2

Cuarto. Tras la suspensión del procedimiento durante la vigencia del estado de alarma
declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la
situación de crisis sanitaria generada por el COVID-19, prorrogado por sucesivos Reales
Decretos, el día 3 de diciembre de 2020 finalizó el cómputo del plazo de un año del que
disponía la Secretaría de la Comisión de Deslinde de los Ayuntamientos afectados para
remitir a la entonces Dirección General de Administración Local las actas de conformidad
o de disconformidad, según los artículos 7.4 y 9.2.d) del Decreto 157/2016, de 4 de
octubre. Este plazo concluyó sin que se hubiera aportado ninguna documentación.
Quinto. Mediante oficios remitidos a los Ayuntamientos afectados se les concedió,
al amparo del artículo 73.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo de diez días para
que pudieran aportar cualquier documentación que estimaran conveniente para la
concreción geográfica de la línea mediante el deslinde, constando las recepciones de las
notificaciones por los Ayuntamientos de Campillo de Arenas y Valdepeñas de Jaén el día
23 de diciembre de 2020, y por el Ayuntamiento de Noalejo el día 7 de enero de 2021.
Este plazo finalizó sin que fuera aportada ninguna documentación al respecto.
Sexto. Con fecha 16 de julio de 2021 se recibió un escrito del Alcalde de Noalejo,
instando a la Dirección General de Administración Local a impulsar el deslinde de los
datos identificativos correspondientes al Mojón inicial M1, al trazado entre dicho Mojón y
el M2 y al trazado entre el M98 y el M99, y a iniciar el replanteo de los datos identificativos
desde el M2 hasta el M98 y desde el M99 hasta el Mojón final M106.
Séptimo. El día 28 de septiembre de 2021 fue dictada Resolución por la persona titular
de la Dirección General de Administración Local, acordando impulsar las operaciones de
deslinde de los datos identificativos provisionales de la línea Campillo de Arenas-Noalejo,
así como iniciar el procedimiento de replanteo de los datos identificativos definitivos, en
virtud, respectivamente, del artículo 9.3 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, y 10.3 del
mismo decreto.
Esta resolución fue comunicada al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía
(en adelante IECA) el 4 de octubre de 2021, pidiéndole la emisión, en el plazo de un
mes previsto en los artículos antes citados, de un informe de deslinde para los datos
provisionales y de un informe de replanteo para los datos definitivos.

Noveno. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 157/2016,
de 4 de octubre, se notificó con fecha 28 de noviembre de 2022, a los Ayuntamientos
de Campillo de Arenas, Noalejo y Valdepeñas de Jaén, y con fecha 29 de diciembre de
2022 al Ayuntamiento de Cambil (tras haberse advertido error en un primer intento de
envío a esta entidad local), una propuesta incluyendo los datos identificativos de la línea
delimitadora, concediendo a dichos Ayuntamientos trámite de audiencia por plazo de un
mes, a efectos que pudieran presentar cuantos documentos y alegaciones, estimaran
convenientes.
El día 28 de diciembre de 2022, el Ayuntamiento de Campillo de Arenas solicitó la
ampliación de plazo para la presentación de alegaciones, documentos y justificaciones
que consideren pertinentes. El día 29 de diciembre de 2022, se envió oficio al citado
Ayuntamiento, comunicándole la ampliación del plazo de quince días para la presentación
de alegaciones, documentos y justificaciones que considerasen pertinentes. Hasta el día
18 de enero de 2023 el Ayuntamiento solicitante no recepcionó formalmente en el SIR
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282141

Octavo. Con fecha 2 de marzo de 2022 se recibieron sendos informes del IECA, en
los cuales se detallan las actuaciones de deslinde y de replanteo realizadas sobre la línea
límite entre los municipios de Campillo de Arenas y Noalejo.