3. Otras disposiciones. . (2023/74-55)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cazorla (Jaén). 2019.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
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Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 6998/26

En ningún caso se dispone de informes del departamento de la necesidad/urgencia en
la contratación del personal laboral temporal (artículo 19.Dos LPGE para el ejercicio
2019).
En ninguno de los casos se especifica en el expediente el procedimiento seguido en la
selección de personal (artículo 55 EBEP).
2 trabajadores se encuentran en situación irregular por sobrepasar los límites de
duración del contrato establecidos en el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
A fecha de este informe, uno de estos dos trabajadores, ha pasado a ser funcionario de
carrera de la propia Corporación (OPE ejercicio 2020).

E) Retribuciones de los empleados públicos
74

Los conceptos presupuestarios en los que se registran las retribuciones variables se muestran en
el cuadro nº 9:
Programa

Concepto presupuestario

920
323

150.00

Descripción

Obligaciones Reconocidas (€)
132.632,68

920

151.00

Gratificaciones

2.852,47

130

152.00

Otros incentivos al rendimiento

32.315,34

130

121.03

Otros complementos

37.346,54

332

153.00

Complemento dedicación especial

7.206,24

Fuente: Elaboración CCA

Cuadro nº 9

✓ Productividad y gratificaciones
75

El Ayuntamiento reconoció obligaciones en el ejercicio 2019 en el concepto presupuestario 150
(productividad) un total de 132.632,68 €. No obstante, según los resúmenes de nóminas, el total
abonado en el ejercicio ha ascendido a un importe de 135.094,40 €.
El Pleno de la Corporación no tiene aprobado los criterios para el reparto de la productividad.
Según información facilitada por los responsables de personal, los importes destinados a estas
retribuciones fueron aprobados por la Concejalía de Hacienda en 2006 y, desde entonces, se
consignan los correspondientes créditos en el presupuesto del Ayuntamiento, actualizados
anualmente según el incremento del IPC aprobado.
Es decir, se trata de importes fijos y lineales que se distribuyen de forma sistemática y se abonan
mensualmente sin atender a las circunstancias y requisitos establecidos en el artículo 5 del RD
861/1986, de 25 de abril.

00282035

Por otra parte, se han reconocido obligaciones en el concepto “gratificaciones” trabajos
extraordinarios realizados en los distintos servicios del Ayuntamiento. La tramitación para su
abono se realiza de forma manual. La firma que autoriza el pago es la del Concejal de Hacienda,
sin aprobación previa de criterios por parte del Pleno de la Corporación. Según la liquidación de
presupuesto se han abonado un total de 2.852,47 € (cuadro nº 9).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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