3. Otras disposiciones. . (2023/74-55)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cazorla (Jaén). 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 6998/14

Por otra parte, el Ayuntamiento no dota las correspondientes amortizaciones por los elementos
del Inmovilizado. Esta incidencia afecta tanto al balance como la cuenta de resultado económico
patrimonial.
32

La Corporación no registra en el balance el importe de las subvenciones reconocidas en el
ejercicio y que han ascendido a un total de 4.134.781,64 €. Además, el importe registrado en la
cuenta de resultado económico patrimonial ha sido de 4.118.536,64 €, por lo que se detecta una
diferencia de 16.245,20 €.
Por otro lado, se imputa a la cuenta de resultado económico-patrimonial el importe íntegro de
las subvenciones de capital reconocidas en el ejercicio, que ascienden a 564.530,91 €, por lo que
contraviene las normas establecidas en la Instrucción del Modelo Normal de la Contabilidad Local
(Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre) donde se establece que las transferencias y
subvenciones de capital deben imputarse a resultados a medida que se va devengando el gasto
para el que fueron concedidas.

33

No se registran en el pasivo del balance las deudas por aplazamientos de las cuotas pendientes
con la Seguridad Social cuyo saldo, a 31 de diciembre, ascendía a 1.428.011,24 €. Tampoco
aparecen registradas las deudas por las devoluciones pendientes de las liquidaciones por
Participación en los Tributos del Estado, cuyo importe a final del ejercicio ascendía a 139.038,58
€. (§ A42 y A43)

5. INFORME DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
5.1. Opinión sobre cumplimiento de legalidad desfavorable
34

En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, debido a los efectos de las cuestiones descritas
en la sección “Fundamento de la opinión sobre cumplimiento de legalidad desfavorable”, las
actividades desarrolladas en el ejercicio 2019 por el Ayuntamiento de Cazorla no resultan
conformes con el marco normativo aplicable.

5.2. Fundamento de la opinión sobre cumplimiento de legalidad
desfavorable
Salvedades por limitaciones al alcance
35

La Intervención municipal no ha elaborado el preceptivo informe para evaluar los objetivos de
estabilidad presupuestaria y regla de gasto, tal y como requiere el artículo 16 del RD 1463/2007,
en los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019.

00282035

Por tanto, no se ha podido comprobar si la Entidad cumplió o no con dichos objetivos en el
ejercicio 2019 y, en consecuencia, si debiera haber aprobado los correspondientes Planes
Económico-Financiero, de acuerdo con lo regulado en los artículos 21 y 23 de la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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