5. Anuncios. . (2023/70-69)
Anuncio de 15 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar, por el que se aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo/a vacante en este Ayuntamiento. (PP. 1228/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Viernes, 14 de abril de 2023

página 5032/8

Octava. Documentación a aportar por los aspirantes propuestos.
Los aspirantes propuestos aportarán al Departamento de RR.HH. del Excmo.
Ayuntamiento, los documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base segunda. Y en concreto:
- Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
- Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite haber
finalizado todos los estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
- Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que
le imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta.
8.1. Plazo: El plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
8.2. Excepciones: Quienes tuvieran la condición de Funcionarios Públicos, estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para
obtener su anterior nombramiento.
Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran
su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280085

para el personal laboral aplicable el ámbito establezca la posibilidad de acceder con otras
titulaciones académicas o profesionales similares o equivalentes.
Los cursos se acreditarán mediante copia auténtica del diploma o certificado de
aprovechamiento o asistencia, debiendo constar expresamente la duración de los
mismos. Los cursos en los que no se acredite el número de horas y/o de créditos no se
valorarán. Asimismo, para los cursos que acrediten solo número de créditos se tendrá en
cuenta que cada crédito equivale a 10 horas.
Queda a criterio del Tribunal determinar la adecuación real del curso al puesto de
trabajo convocado.
7.3. Fase de oposición.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.4 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
los ejercicios en la fase de oposición podrán no ser eliminatorios, en el marco de la
negociación colectiva establecida en el artículo 37.1.c) del TREBEP.
Calificación de la fase de oposición: comprenderá la media de las puntaciones
obtenidas por los aspirantes en la parte teórica y en la parte práctica que integran el
ejercicio teórico-práctico de la fase de oposición, con un máximo de 60 puntos.
Ejercicio teórico-práctico. Este ejercicio costará de dos partes y se dispondrá de dos
horas y media para su realización:
- Una parte teórica: Consistirá en contestar un cuestionario tipo test de treinta
preguntas sobre todos los temas incluidos en el Anexo I. Cada pregunta tipo test constará
de tres preguntas alternativas de las cuales sólo una de ellas será correcta. Las preguntas
contestadas erróneamente penalizarán, a razón de que cada pregunta mal contestada
hará que se descuente una respuesta contestada correctamente. El cuestionario tipo
test contará con cinco preguntas de reserva para posibles anulaciones, dichas preguntas
deberán ser contestadas por las/los aspirantes junto con el resto de las preguntas del
cuestionario, a tal objeto. Esta parte será valorada con un máximo de 30 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 15 puntos.
- Una parte práctica: consistirá en la realización de un supuesto práctico propuesto
por el Tribunal inmediatamente antes de la realización del ejercicio de las materias
específicas contenidas en el Anexo I. Esta parte será valorada con un máximo de 30
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos.