Autoridades y personal. . (2023/68-70)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se efectúa la convocatoria para la contratación de personal directivo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 12 de abril de 2023

página 6584/4

Sexta. Comité calificador.
6.1. Para la valoración de las candidaturas se atenderá a los principios de igualdad,
mérito y capacidad, y a criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la
persona candidata en relación con el puesto de trabajo a desempeñar.
6.2. De conformidad con el artículo 25 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, se designa un
Comité calificador para la valoración del mérito, capacidad e idoneidad, integrado por:
Presidencia: Persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico e
Innovación y Promoción Cultural, Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, Mario Martín
Pareja.
Vocalías: Persona titular de la Coordinación General de la Secretaría General para
la Cultura, Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, Germán Alejandro Alcaide García.
Persona titular de la Dirección de Unidad de Coordinación, Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, Javier Rivera Rodríguez.
Dos personas expertas en la materia, nombradas en razón del prestigio profesional,
para la valoración de los proyectos de gestión y asesoramiento técnico en la materia:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281623

5.2. El plazo de presentación de candidaturas será de 10 días hábiles a contar desde
el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
5.3. Forma de presentación: En el Anexo II se debe cumplimentar el apartado Ref.
Proceso Selección indicando, con iguales caracteres, la Ref. 03-2023-DIACF, y en el
apartado Denominación del Puesto, «Dirección Instituto Andaluz del Cine y la Fotografía».
5.4. Se presentarán preferentemente por vía telemática a través del portal de la
Ventanilla Electrónica General de la Junta de Andalucía
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/
a través de la Presentación Electrónica General
https://juntadeandalucia.es/servicios.html
o en los registros de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte y delegaciones
provinciales, además de los diferentes registros establecidos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Tras la presentación, deberá comunicarse el envío en el
siguiente correo electrónico: rrhh.aaiicc@juntadeandalucia.es.
5.5. Para aquellas candidaturas enviadas por correo postal a la dirección Estadio
Olímpico, Puerta 13, Isla de la Cartuja, s/n, 41092 Sevilla, y en las presentadas en algún
registro oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío, al igual que en el supuesto
anterior, al electrónico rrhh.aaiicc@juntadeandalucia.es, adjuntando justificante de la
fecha de imposición del envío en las oficinas de correos o la fecha de entrega en otro
centro dentro del plazo. En estos casos, se entregarán dirigidas a la persona titular de
la Gerencia de la Agencia, en un sobre cerrado, junto con el Formulario de Solicitud
de Inscripción (Anexo II) firmado, mencionando en el asunto «Convocatoria Dirección
Instituto Andaluz del Cine y la Fotografía», Ref. 03-2023-DIACF.
5.6. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida por otras vías distintas a
las expuestas en este punto.
5.7. En cualquier momento del proceso se podrán contrastar los datos, documentos
y méritos aducidos por las personas interesadas, solicitar original de la documentación
fotocopiada, así como aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se
estime necesaria para la comprobación o para realizar una ajustada valoración de la
idoneidad.
5.8 Además de lo reflejado en el punto 2.2, las comunicaciones y citaciones
necesarias de carácter individual se realizarán a través del correo electrónico que se
indique en la solicitud, Anexo II.