Disposiciones generales. . (2023/67-4)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual, al amparo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

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de la mencionada en dicho apartado, las siguientes declaraciones debidamente
cumplimentadas:
a) Modelo de Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), regulado
en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Anexo IV.A de
dicha Orden), cuyo contenido mínimo será el establecido en el Anexo I de la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de
interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
b) Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución
de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), regulado
en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (Anexo IV.B de dicha Orden). Dicha
declaración deberá presentarse a fin de suministrar información sobre la perceptora final
de los fondos si no es la misma beneficiaria, y sobre los contratistas y subcontratistas.
c) Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), regulado en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Anexo IV.C de dicha Orden).
Los mencionados modelos de declaraciones se facilitan a las personas y/o entidades
solicitantes como documento adjunto a la presente Resolución. Del mismo modo,
podrán obtenerlos en la página web de la Agencia en el apartado correspondiente a la
convocatoria de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica establecidas en
Andalucía-2023, para su cumplimentación y entrega con el Anexo II.
5. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose
a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la presente
convocatoria.
6. Dado que el apartado 4.e) del cuadro resumen de las bases reguladoras establece
la obligatoriedad de todas las personas o entidades concurrentes al procedimiento
de concesión de subvenciones que nos ocupa, de relacionarse a través de medios
electrónicos durante la tramitación del mismo, se establece como medio de presentación
de las solicitudes con carácter preferente el Registro Electrónico de la Administración de
la Junta de Andalucía a través de la dirección electrónica
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea
dirigiendo la solicitud de subvención al destinatario: Consejería de Turismo, Cultura y
Deporte y al órgano: Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, de conformidad
con lo establecido en el apartado 10.c) del cuadro resumen y en el artículo 26 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de
que las solicitudes y el resto de documentación pueda también remitirse mediante los
demás registros electrónicos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En
consecuencia, toda documentación, relativa a la convocatoria que nos ocupa, remitida
por medios distintos a los establecidos será inadmitida.
Cuando las personas y/o entidades solicitantes presenten de forma repetida la
misma solicitud u otra documentación por los distintos medios telemáticos permitidos,
en la misma fecha, se atenderá solamente a la documentación aportada a través del
Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, dado el carácter preferente otorgado a
este medio. Si la misma documentación es remitida a través del Registro Electrónico y de
los demás registros electrónicos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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