Disposiciones generales. . (2023/67-4)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual, al amparo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

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de octubre, en distintas fechas, se atenderá a la documentación que sea presentada en
fecha posterior siempre que la presentación se lleve a cabo dentro del plazo concedido al
efecto para cumplimentar el trámite respectivo. Todo ello en aras a agilizar la tramitación
procedimental y facilitar la colaboración de los interesados en el procedimiento.
Las personas y/o entidades solicitantes deberán enviar a la Agencia, a ser posible el
mismo día en el que presenten su solicitud, un correo electrónico a la dirección
nextg.convocatoria.aaiicc@juntadeandalucia.es
indicando el Registro en el que han llevado a cabo la presentación y al que adjuntarán
una copia digitalizada del recibo acreditativo de dicha presentación.

Sexto. Criterios de valoración.
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios,
con una puntuación total máxima de 80 puntos:
1. Criterios subjetivos. Máximo 50 puntos.
1.1. Capacidad transformadora. Hasta 10 puntos.
Cada solicitante debe demostrar que su proyecto representa una nueva práctica o
proceso o que mejora una de ellas. La máxima puntuación se otorgará a los proyectos que
presenten un enfoque significativamente nuevo para la exhibición cinematográfica, respecto
a un problema compartido e identificado y que contenga un plan de innovar afrontar el
futuro. Se asignará hasta un máximo de 10 puntos en función de los siguientes criterios:
a) ¿El proyecto propone una práctica o proceso significativamente nuevo para la sala
de cine o para miembros de la red de salas de cine? (8 a 10 puntos).
b) ¿El proyecto representa una mejora o evolución significativa de una práctica
existente en la sala de cine o para miembros de la red de salas de cine? (5 a 7 puntos).
c) ¿El proyecto actualiza o mejora un sistema ya existente en el cine o en la red de
cine, sin que suponga un cambio significativo? (3 a 4 puntos).
d) ¿El proyecto no supone un cambio significativo? (0 puntos).
1.2 Impacto en la digitalización del sector y la sostenibilidad medioambiental. Hasta
15 puntos.
Cada solicitante debe demostrar que su plan responde a los objetivos de digitalización
y/o sostenibilidad de las salas de cine o de los miembros de una red de salas de cine.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281519

Quinto. Ordenación e instrucción del procedimiento.
De conformidad con el apartado 13 del cuadro resumen es órgano gestor e instructor
del presente procedimiento la persona titular de la Gerencia de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales a la que corresponde dictar la propuesta provisional de resolución,
el análisis de las alegaciones y de la documentación presentada, dictar la propuesta
definitiva de resolución, así como cualquier otra función instructora no encomendada a
otro órgano que sea necesaria para la determinación, conocimiento y comprobación de
los datos en virtud de los cuales deba formalizarse la propuesta de resolución.
Las solicitudes así como la documentación presentada a fin de acreditar los criterios
subjetivos será valorada por una Comisión de Valoración compuesta por:
a) Presidencia:
La persona titular del órgano directivo central de la Consejería competente en materia
de cultura con competencia en materia de diseño y ejecución de las políticas de acción,
apoyo y promoción cultural y de las industrias culturales.
b) Vocalías:
Cinco personas expertas o profesionales en el ámbito de la industria cinematográfica.
c) Secretaría:
Un funcionario de carrera de la Consejería competente en materia de cultura
correspondiente al grupo A1.
El acta de la Comisión de Valoración así como la puntuación otorgada por los distintos
miembros de la misma se publicarán junto con la propuesta provisional de resolución.