Disposiciones generales. . (2023/67-4)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual, al amparo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

página 6479/12

En la propuesta provisional se concederá a los beneficiarios provisionales un plazo
de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación para que puedan, según
cada caso, aceptar la subvención propuesta, reformular o desistir de su solicitud o alegar
lo que estimen pertinente, y, además, presenten la documentación acreditativa de los
datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos como de los criterios
de valoración. Esta documentación también deberá ser presentada por las personas
o entidades beneficiarias suplentes que así se especifique en la propuesta provisional
de resolución en idéntico plazo al concedido a los beneficiarios provisionales. La
documentación aludida que se deberá acompañar junto con el formulario-Anexo II está
recogida en el apartado 15.a) del cuadro resumen de la Orden de 14 de julio de 2022
(BOJA núm. 139, de 21 de julio), siendo la misma la siguiente:
a) Como se ha señalado anteriormente el formulario Anexo II debidamente cumplimentado.
b) Documentación relativa a la persona o entidad solicitante:
b.1. Si el solicitante es persona física: DNI, NIE o la tarjeta equivalente de las
personas extranjeras residentes en España, en el supuesto de haberse opuesto a que
sea recabada por la Agencia, así como de su representante en el caso de que lo hubiera.
b.2. Si el solicitante es una persona jurídica:
- CIF de la entidad solicitante.
- DNI, NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España
que sean representante de la entidad solicitante, en el supuesto de haberse opuesto a
que sea recabada por la Agencia.
- Acreditación del carácter de la representación otorgada, en su caso.
- Fotocopia de los estatutos y/o de la escritura de constitución o modificación de la
sociedad inscrita en el Registro Mercantil o en el Registro que corresponda.
c) Certificado del domicilio fiscal de la persona física o jurídica solicitante.
d) Certificado de situación censal en el Impuesto de Actividades Económicas que
debe reflejar la actividad económica desarrollada en la fecha de solicitud de la ayuda.
e) Escrito en el que la persona o entidad solicitante se comprometa a conceder los
derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal
de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes
ejerzan sus competencias, por aplicación de los dispuesto en el artículo 22.2.e) del
Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero de
2021 y en el artículo 129 del Reglamento Financiero.
Si no se presenta este escrito y dado que dicho compromiso se configura como un
requisito previo que condiciona la concesión de la ayuda, su aceptación se considerará
realizada con la firma y presentación de la correspondiente solicitud.
f) Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) regulado en la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (Anexo IV.A) debidamente cumplimentado
y con el contenido mínimo establecido en el Anexo I de la Orden HFP/55/2023, de
24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los
procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR),
regulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, (Anexo IV.B), debidamente
cumplimentado mediante el que la persona o entidad solicitante se compromete a
suministrar información sobre la perceptora final de los fondos si no es la misma
beneficiaria, y sobre los contratistas y subcontratistas.
h) Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) regulado en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Anexo IV.C), debidamente cumplimentado.
i) Documentación relativa al proyecto:
Aclarar que la memoria explicativa y el presupuesto del proyecto para el que se solicita
subvención ya ha debido presentarse con el Anexo I a fin de que pueda ser valorado en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281519

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía