Disposiciones generales. . (2023/67-4)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual, al amparo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

página 6479/11

Séptimo. Propuesta de resolución y trámite de audiencia.
Concluido el trámite de evaluación previa de las solicitudes concurrentes, se procederá
a dictar por la persona titular de la Gerencia de la Agencia la propuesta provisional de
resolución, en la que constará la relación de aquellos solicitantes cuyas solicitudes no
han sido previamente inadmitidas, desestimadas o desistidas y alcanzan la condición
de beneficiarios provisionales en atención a la puntuación obtenida y a la disponibilidad
presupuestaria asignada a la convocatoria así como aquellos otros solicitantes que no
alcanzan la condición de beneficiario provisional siendo, por tanto, beneficiarios suplentes
por falta de disponibilidad presupuestaria. También figurará la cuantía de la subvención
otorgable para el supuesto de que acabaran resultando beneficiarios definitivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281519

d) ¿La propuesta incluye el compromiso de ofrecer un porcentaje de un mínimo anual
de películas de cine clásico (anterior a 1990)? (1 punto).
e) ¿La propuesta incluye el compromiso de ofrecer un porcentaje mínimo anual de
películas producción andaluza? (1 punto).
f) ¿El proyecto permite mejorar la experiencia cinematográfica? (1 punto).
1.5. Estimación presupuestaria y viabilidad del proyecto. Hasta 4 puntos.
Los proyectos deben demostrar que pueden cumplir con los objetivos dentro del
presupuesto y los recursos establecidos. La máxima puntuación se otorgará a los
proyectos que demuestren que pueden ser ejecutados en forma y cronograma realista
respetando el presupuesto y los recursos propuestos y que además cuente con socios
que le ofrezcan un valor agregado. Se asignará hasta un máximo de puntos en función de
los siguientes criterios:
a) ¿Existe un presupuesto creíble y equilibrado? (1 punto).
b) ¿Dispone el proyecto de recursos realistas para alcanzar sus objetivos? (1 punto).
c) ¿Cuenta el proyecto con socios que le ofrezcan un valor agregado, conocimientos
y experiencia claros? (1 punto).
d) ¿Plantea un cronograma realista para la realización del proyecto? (1 punto).
2. Criterios cuantitativos. Máximo 30 puntos.
2.1. Aforo de las salas. Hasta 10 puntos.
a) Aforo de 50 a 100 personas (3 puntos).
b) Aforo de 101 a 150 personas (6 puntos).
c) Aforo superior a 150 personas (10 puntos).
2.2. Número y estabilidad del personal contratado en la sala (Contratos laborales de
duración superior a 6 meses). Hasta 10 puntos.
a) Entre 5 o más trabajadores. (2 puntos por trabajador, máximo 10 puntos).
b) Entre 3 y 4 trabajadores (1,5 puntos por trabajador, máximo 6 puntos).
c) 2 trabajadores (1 punto por trabajador, máximo 2 puntos).
2.3. Por tener mujeres contratadas en la sala en un porcentaje igual o superior al 40%
de la plantilla en puestos de perfil técnico (los contratos laborales computables tendrán
una duración superior a 6 meses (5 puntos).
2.4. Por tener en plantilla o incorporar al proyecto, al menos durante 6 meses, como
mínimo a una persona trabajadora con discapacidad con un grado igual o superior al
treinta y tres por ciento reconocido por el organismo competente, por encima de las
exigencias establecidas en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de
las personas con Discapacidad y de su inclusión social (5 puntos).
Si tras evaluar a los proyectos conforme a los criterios establecidos existe empate
en las puntuaciones totales, serán preferentes las solicitudes que hayan tenido mayor
puntuación en los criterios cuantitativos. Si aun así persiste el empate, se atendrá
sucesivamente a la puntuación obtenida en el resto de criterios de valoración por orden
decreciente de importancia.