Disposiciones generales. . (2023/67-1)
Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

página 6439/20

i) Fomentar el ecodiseño de los productos y la sostenibilidad en sus procesos de
fabricación, procurando una mejora en su durabilidad, reutilizabilidad, actualizabilidad y
reparabilidad, así como el uso de materiales reciclados y reciclables.
j) Abordar la eliminación de la presencia en los productos de sustancias químicas
peligrosas y avanzar en la eliminación de la presencia de sustancias nocivas para la
salud de las personas y el medio ambiente.
2. Se consideran prioritarios los productos clave que figuran en esta Ley, además
del mobiliario y los productos intermedios de alta resistencia como el aluminio, el acero,
el cemento y los productos químicos. La Administración de la Junta de Andalucía podrá
identificar otros grupos de productos en función de su impacto ambiental y su potencial
para la circularidad.

Artículo 17. Gestión de bienes no vendidos.
1. Los sectores productivos de la economía andaluza reducirán, en la medida de lo
posible, los bienes no vendidos destinados a su eliminación, priorizando otros destinos,
especialmente en el caso de los productos clave, sin perjuicio de lo establecido en la
normativa aplicable.
2. La Consejería competente en materia de residuos podrá establecer prohibiciones
concretas en materia de eliminación de bienes no vendidos, salvo que dichos productos
deban destruirse conforme a otra normativa.
3. En aplicación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad
Ambiental, la Administración de la Junta de Andalucía promoverá con los agentes clave
de cada sector productivo acuerdos voluntarios sectoriales que permitan la celebración
de convenios entre empresas, administraciones y entidades de economía social, como
herramienta para identificar y superar las barreras no financieras que limitan el uso de
materiales y productos clave no vendidos, y que supongan una reducción de la generación
de los residuos y permitan alcanzar los objetivos marcados por la Unión Europea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281478

Artículo 16. Fortalecimiento de la economía de funcionalidad y de servicio.
La Administración de la Junta de Andalucía promoverá el cambio hacia una economía
de funcionalidad y de servicio a través de las siguientes acciones:
a) Fomentar e impulsar modelos de negocio destinados a la prestación de servicios
orientados hacia la utilidad y resiliencia de los bienes y los efectos útiles de los servicios.
b) Fomentar e impulsar modelos de negocio basados en la cooperación y colaboración
entre personas consumidoras y usuarias, orientados hacia el uso compartido de bienes
y servicios.
c) Promover la adopción de soluciones concertadas a través de un proceso de
cooperación y participación entre las diferentes partes interesadas, que permitan formas
de consumo que favorezcan la convergencia entre el desarrollo territorial y los intereses
de las empresas, los hogares, las organizaciones y la Administración.
d) Promover y favorecer los mecanismos necesarios para la puesta en marcha de
un clúster de movilidad integrada, con el objetivo de crear una solución de movilidad
sostenible y circular en el territorio.
e) Emplear de forma preferente en los edificios e instituciones públicas el sistema de
pago por uso, en lugar de adquisición de maquinaria y equipos.
f) Realizar campañas de consumo con el objeto de promocionar el pago por servicio
o uso, el uso compartido de bienes y servicios y el consumo basado en la utilidad de
los bienes, en colaboración con las organizaciones de personas consumidoras más
representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
g) Impulsar, a través de la Oficina Andaluza de Economía Circular, la implantación
de empresas de bienes de uso colectivo en las ciudades, así como aplicaciones y
plataformas que promuevan el pago por uso como forma de consumo y el uso compartido
de bienes y servicios.