Disposiciones generales. . (2023/65-1)
Orden de 29 de marzo de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para el fomento de la gestión, la tecnificación y el rendimiento deportivo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Miércoles, 5 de abril de 2023
página 6297/5
Junta de Andalucía, además de lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre y del artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
competitiva, de subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para el
fomento de la gestión, la tecnificación y el rendimiento deportivo.
Estas bases reguladoras se componen de:
a) Texto articulado: en la medida que las bases reguladoras que aquí se aprueban
se ajustan a las bases reguladoras tipo aprobadas por la Orden de 20 de diciembre
de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva, se considera que el texto articulado de dichas bases
reguladoras tipo forma parte integrante de las Bases Reguladoras que se aprueban en
virtud de esta orden.
b) Cuadro resumen de la línea de subvención regulada por la presente orden.
Disposición adicional primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
entidades deportivas para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la aplicación
e interpretación de la presente orden.
Disposición adicional segunda. Delegación.
Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de
entidades deportivas la competencia para convocar las subvenciones reguladas en la
presente orden mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes, la cuantía
total máxima destinada a la subvención y la aprobación de los formularios que deban
regir en la convocatoria, con indicación de todos los extremos que se contemplan en el
artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de 12 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen
de concurrencia competitiva, para el Fomento de la Organización y Gestión de las
Federaciones Deportivas Andaluzas (modalidad FOGF) y para la Tecnificación y el
Rendimiento Deportivo (modalidad TRD).
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de marzo de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00281351
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Miércoles, 5 de abril de 2023
página 6297/5
Junta de Andalucía, además de lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre y del artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
competitiva, de subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para el
fomento de la gestión, la tecnificación y el rendimiento deportivo.
Estas bases reguladoras se componen de:
a) Texto articulado: en la medida que las bases reguladoras que aquí se aprueban
se ajustan a las bases reguladoras tipo aprobadas por la Orden de 20 de diciembre
de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva, se considera que el texto articulado de dichas bases
reguladoras tipo forma parte integrante de las Bases Reguladoras que se aprueban en
virtud de esta orden.
b) Cuadro resumen de la línea de subvención regulada por la presente orden.
Disposición adicional primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
entidades deportivas para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la aplicación
e interpretación de la presente orden.
Disposición adicional segunda. Delegación.
Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de
entidades deportivas la competencia para convocar las subvenciones reguladas en la
presente orden mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes, la cuantía
total máxima destinada a la subvención y la aprobación de los formularios que deban
regir en la convocatoria, con indicación de todos los extremos que se contemplan en el
artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de 12 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen
de concurrencia competitiva, para el Fomento de la Organización y Gestión de las
Federaciones Deportivas Andaluzas (modalidad FOGF) y para la Tecnificación y el
Rendimiento Deportivo (modalidad TRD).
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de marzo de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00281351
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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