Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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Moclinejo, Salares, Sayalonga, Sedella, Totalan, La Viñuela, Algarrobo, Benamargosa,
Benamocarra, Frigiliana, Nerja, Rincón de la V., Torrox, Vélez-Malaga, Manilva, Casares
y Estepona.
B) Compromisos:
1. Llevanza de un registro de prácticas de los compromisos agroambientales conforme
a lo establecido en el artículo 17.
2. Realizar piletas en la base de las cepas. El compromiso se extendería a las cepas
de al menos el 20% de la superficie de la explotación al año, de forma que en los 5
años de compromiso se hayan elaborado piletas en el 100% de la explotación ocupada
por la uva pasa. La primera labor («fragar») se permite desde el 1 de diciembre, del
año de presentación de la solicitud de ayuda, hasta el 15 de febrero, del año siguiente.
La segunda «arropar» desde el 1 de abril hasta el 15 de mayo del año siguiente al de
presentación de la solicitud de ayuda. Estas labores se realizarán para cada anualidad
del período de compromiso en los plazos indicados.
A efectos de verificación del cumplimiento de los compromisos indicados, los
solicitantes deberán presentar antes del 30 de abril del año siguiente al que corresponda
la solicitud de pago, preferentemente en el registro de la Delegación Territorial en cuyo
ámbito territorial se encuentre la mayor parte de la superficie de la explotación, copia del
registro documental durante todos los años del período de compromisos, con los datos
referentes a los compromisos agroambientales, cuyo contenido mínimo se especifica en
el modelo que figura en el anexo IX de la presente orden.
INTERVENCIÓN 6501.3. COMPROMISOS AGROAMBIENTALES EN SUPERFICIES
AGRARIAS. COMPROMISOS DE FOMENTO Y GESTIÓN SOSTENIBLE DE PASTOS.

A) Criterios de subvencionabilidad:
1. Ser titular de unidades productivas inscritas en el Registro de Explotaciones
Ganaderas de Andalucía (en adelante REGA). A fin de resolver la participación en el
régimen, estas unidades productivas deberán tener censo mínimo de al menos 7,5 UGM
de animales elegibles de las especies bovina, ovina y caprina. Se consideran animales
elegibles a los ovinos y caprinos mayores de 12 meses y a los bovinos mayores de 24
meses, registrados en el Sistema Integrado de Gestión Ganadera de Andalucía (en
adelante SIGGAN) a fecha 1 de enero del año de solicitud de cada uno de los años del
período de compromiso.
2. Las unidades productivas deben estar registradas en REGA y aparecer en la base
de datos SIGGAN con las siguientes clasificaciones zootécnicas:
- Especies ovina y caprina: Reproducción para producción de carne; reproducción
para producción del leche, reproducción mixta, pasto temporal de trashumancia; y pastos
en común.
- Especie bovina: Reproducción para carne; reproducción leche y carne, reproducción
y cebo (mixta); pastos, montes y fincas en común, pastos temporales o excepcionales;
lidia producción; lidia recrío; reproducción carne y reproducción lidia y recría de novillas.
3. Disponer de una superficie mínima subvencionable de 15 hectáreas. A este
respecto se considera superficie subvencionable aquella destinada al aprovechamiento
de los animales mediante pastoreo, incluyendo a los pastos permanentes registrados
en el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas con
los siguientes usos pastizales (PS), pastos arbustivos (PR) y pastos con arbolado (PA).
Además, podrán considerarse subvencionables otras superficies agrícolas que sean
aprovechables por el ganado: barbechos tradicionales, pastos de menos de cinco años
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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OPERACIÓN 6501.3.1. CONVERSIÓN DE FOMENTO Y GESTIÓN SOSTENIBLE DE
PASTOS.